Aunque se habla del asunto desde hace, al menos, doce años, uno de los pasos más importantes lo recogió hace unos días el Boletín Oficial de Canarias (BOC), con la publicación de la aprobación definitiva del Estudio de Detalle de la denominada parcela AE-26, ámbito 3.8.2 Cuesta Piedra. Para mayor precisión, el solar que ocupó durante años el empaquetado de plátanos Vitabana, en la confluencia con la calle Juan García Álvarez, en pleno centro del popular barrio capitalino.

La promotora Chadofe S.L. tiene previsto construir allí, según figura en el proyecto presentado en el Ayuntamiento capitalino y que desglosa en su página web, un complejo residencial en el que cabrían también otros usos como el comercial para dar al barrio unos servicios de los que carece en estos momentos. Sobre una superficie total de 7.009 metros cuadrados, la edificabilidad de la parcela es de 23.700 m2. En total, serían cinco plantas y dos sótanos.

La intención de la promotora es que la urbanización se realice en tres fases. La primera comprende la primera línea de la calle Juan García Álvarez, con 1.000 m2 de superficie comercial a dividir según demanda de clientes, y planta de oficinas en primer nivel.

La segunda ocupa el local comercial, para gran comercio de 2.000 m2, que cubre la esquina de la calle principal y la subida a Cuesta de Piedra, y espacio de oficina y comerciales. Y la tercera corresponde al residencial y/u otros usos compatibles.

En cuanto a los usos comerciales, que nunca podrán alcanzar el 50% de la edificabilidad, se establecen los siguientes límites: -Pequeño comercio (superficie total de venta no superior a 249 m2).

-Comercio medio (superficie total de venta de entre 250 y 749 m2).

-Gran comercio (superficie útil de venta de entre 750 y 2.000 m2).

-Galerías o agrupación comercial (superficie de venta total igual o inferior a 2.500 m2).

-Centro comercial (superficie de venta total superior a 2.500 m2).

-Establecimientos comerciales especializados (al menos el 60% de su superficie de venta destinado a los géneros que determinen la especialización, con una superficie de venta mínima de 750 m2 y máxima de 2.499 m2).

También se contemplan entre los usos secundarios compatibles el de oficina, con este desglose: -Despachos profesionales (superficie máxima 250 m2 construidos).

-Agrupación de oficinas (despachos o locales destinados a oficinas agrupados en una parte individualizada de un edificio, o local de oficina de más de 500 m2 construidos).

-Local de oficina (superficie máxima 500 m2 construidos).

Mientras, en relación al uso de hostelería/restauración el detalle es el siguiente: -Comercio especializado/almacenaje (productos a almacenar que no superen una densidad de carga de fuego ponderada y corregida de 100 megacalorías/m2).

-Comercio mayorista (superficie inferior a 150 m2, densidad de carga de fuego ponderada y corregida inferior a 200 megacalorías/m2 y con un acceso al local restringido a vehículos con un peso máximo de 2.500 kg).

-Servicios tecnológicos de información y comunicación.

Respecto a los usos comunitarios de dotaciones y equipamientos, la parcela establece el docente, deportivo, cultural, sanitario, social asistencial, religioso y de administración pública.

Cuesta de Piedra ha pasado en pocos años de las infraviviendas a unos inmuebles dignos. Le faltaban los servicios en el entorno y este proyecto llega para brindárselos a sus vecinos.