El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) declaró ayer nulas ocho disposiciones del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Policía Local de Santa Cruz, aprobado por el Pleno del Consistorio en julio de 2017, a instancias de una demanda presentada por la Federación de Servicios a la Ciudadanía de Comisiones Obreras Canarias (FSC-CCOO).

La demanda, según una nota de CCOO, fue presentada por el sindicato al entender que la aprobación de disposiciones que afectaban a las condiciones laborales de los policías locales se realizó sin la preceptiva negociación colectiva con los representantes de los trabajadores.

La sentencia reconoce que el derecho a la negociación colectiva "no puede ser sustituido por el trámite de audiencia o de información pública dado que se trata de un trámite preceptivo cuya omisión constituye nulidad de pleno derecho".

En la medida en que el tribunal reconoce que algunas disposiciones del Reglamento contenían preceptos que alteraban las condiciones laborales, viene a declarar nulos los artículos 17.4.b), 28, 29, 32, 68.2, 68.4, 69.2 y 69.3.

CCOO dice que el reglamento "debía haberse sometido a la negociación con los sindicatos"

El artículo 17, en su apartado 4, versa sobre la cobertura de las vacantes provisionales, en las que se faculta a la Jefatura para destinar al agente que reúna las condiciones más apropiadas. El artículo 28 regula las funciones de los Jefes de Área, mientras que el 29 lo hace sobre las funciones de los jefes del Grupo Operativo. El artículo 32 versa sobre la coordinación de los servicios, mientras que el 68 lo hace sobre la uniformidad y el material. Finalmente, el artículo 69 trata de la presentación personal de los agentes de la Policía Local.

FSC-CCOO en el ayuntamiento se satisface por esta sentencia, que viene a dar la razón" sobre lo que denunciaron en su momento, aseguran.