El proyecto de ley del Registro Civil, que se encuentra en trámite de enmiendas en el Congreso, prescinde de la histórica preferencia del apellido paterno frente al materno y permite que sean ambos progenitores los que decidan el orden de los apellidos, primando en caso de desacuerdo el orden alfabético.

Con esta novedad incluida en el proyecto que el Consejo de Ministros aprobó el pasado mes de julio, el Gobierno pretende avanzar en la igualdad de género.

El artículo 49 de la futura ley señala que la filiación determina los apellidos y que si ésta está determinada por ambas líneas, el padre y la madre de común acuerdo podrán decidir el orden, y lo que decidan para el primer hijo deberá mantenerse para posteriores nacimientos.

Otras novedades afectan a los cambios de apellidos en algunos casos excepcionales, ya que se contempla la posibilidad de que si el solicitante es víctima de violencia de género, podrá cambiar su apellido a través de una orden del Ministerio de Justicia, sin otros trámites, en los términos fijados reglamentariamente.

En cuanto a la filiación, no se hará ninguna referencia al estado civil de los padres del inscrito, equiparando así la relación matrimonial a cualquier otra situación.

El Gobierno considera que la nueva regulación prevista en el proyecto de ley del Registro Civil, que permitirá a los progenitores decidir el orden de los apellidos de sus hijos sin que prevalezca el paterno, supone una "conquista social y jurídica" armónica con el principio de igualdad.

Como reacción, dos expertas en Derecho Civil y Lengua Española coinciden en afirmar que el método de "lanzar una moneda al aire" es más objetivo a la hora de elegir el orden de los apellidos, en caso de conflicto entre los padres, que en función del alfabeto, tal y como recoge el proyecto de Ley del Registro Civil.

No es lo más adecuado

La titular de Derecho Civil de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) Patricia López Peláez señaló que la prevalencia del orden alfabético "no es el método más adecuado", y apostó por que "se recurra al criterio decisorio de la suerte", que es un supuesto que ya existe en el ámbito del Derecho Civil.

"En algunos países europeos, los padres, delante del juez encargado del Registro o del funcionario correspondiente, hacen un sorteo o lanzan una moneda al aire", explicó, para añadir que se trata de un sistema "que no da preferencia a ninguno, pero que tampoco supone que necesariamente se pierda un apellido con el paso del tiempo".

En este sentido, advirtió de que, con el paso de los años, algunos apellidos, sobre todo los de la segunda mitad del alfabeto (de la M a la Z) tienen más posibilidades de extinguirse si el orden se rige por este criterio en los casos de disputa.

Para esta experta en Derecho Civil, la reforma sobre el orden de los apellidos, que plantea el proyecto de ley del Gobierno, responde a un "agravamiento" de esta supuesta disputa derivada del hecho de que ahora las familias pueden estar formadas por dos padres o dos madres.

Señaló que en España es un país más "avanzado", en este sentido, que otros europeos en los que los hijos sólo llevan un apellido y éste, además, es el del padre.