Los alumnos tienen derecho a no ser discriminados por orientación sexual e identidad de género, condición idiomática o lingüística o apariencia, sobrepeso u obesidad, entre otras razones, según el Estatuto del Estudiante Universitario, aprobado hoy por el Consejo de Ministros.

Regulado por Real Decreto, será de aplicación tanto en universidades públicas como privadas y prevé la constitución de un Consejo de Estudiantes Universitarios del Estado, que servirá para que los alumnos participen en el diseño de los programas estatales de becas y ayudas al estudio, entre otras funciones.

El Consejo estará presidido por el ministro de Educación y formado por 88 representantes de los estudiantes universitarios, entre otros miembros.

Sobre la movilidad de los estudiantes, el documento apunta que la administración central y las autonómicas podrán promover "contratos programa" u otras fórmulas con las universidades para financiar las ayudas para los alumnos que completen estudios en centros diferentes del habitual.

Las universidades podrán establecer mecanismos de "compensación" por materias y formar tribunales que permitan enjuiciar la trayectoria académica y labor de un estudiante en su conjunto para decidir si posee los conocimientos y competencias suficientes como para obtener el título al que opta.

Corresponde al rector de cada universidad las decisiones relativas al fomento de la convivencia y el respeto de derechos y deberes de los miembros de la comunidad universitaria.

Entre otros derechos de los alumnos, se cita la participación en el "diseño, seguimiento y evaluación de la política universitaria".

También que se les facilite la conciliación de los estudios con la vida laboral y familiar y el ejercicio de los que corresponden a las víctimas de violencia machista.

Además, el reconocimiento académico de los conocimientos, competencias o experiencia profesional adquiridos previamente a los estudios que estén cursando, y de la participación en actividades culturales, deportivas, de representación estudiantil, solidarias y de cooperación.

Otros derechos son la propiedad intelectual de sus trabajos y el disfrute de las becas y ayudas nacionales y de las propias de las universidades en todo el territorio nacional.

Los programas de becas y ayudas atenderán a los principios de suficiencia y equidad y promoverán el aprovechamiento académico.

Las universidades establecerán los recursos y adaptaciones para que los estudiantes con discapacidad puedan ejercer los derechos en igualdad de condiciones, sin disminución del nivel académico exigido.

Entre los deberes, se menciona respetar a los miembros y bienes de la comunidad universitaria y de las entidades colaboradores, así como los actos académicos y sus participantes "sin menoscabo" del libre ejercicio de expresión y manifestación.

El estatuto es una previsión de la reforma de abril de 2007 de la Ley Orgánica de Universidades, que daba un año al Gobierno para aprobarlo.