Los grupos parlamentarios del Congreso han pactado una enmienda al proyecto de Ley del Registro Civil, en trámite parlamentario, para que los bebés que hayan vivido menos de 24 horas puedan figurar en el Registro. Además, también han acordado que puedan inscribirse en un ''arhcivo especial'', sin efectos jurídicos, los fallecimientos prenatales que se produzcan con posterioridad a los seis meses de gestación.

Hasta ahora, el Código Civil español contempla que sólo podían inscribirse en el Registro aquellos niños que tuvieran forma humana y vivieran más de 24 horas. Se trata de una fórmula ya "anticuada", según las mismas fuentes, por lo que con estos cambios será posible inscribir a un bebé fallecido y que haya cumplido los seis meses de gestación o haya vivido menos de un día. CONSERVAR LIBROS DE FAMILIA EXISTENTES

Además, aunuqe el proyecto de Ley del Gobierno establece la desaparición de los libros de familia, los parlamentarios también han pactado han pactado en conservar como válidos los existentes. Además, en lugar de un número de identificación ciudadana como proponía el Ejecutivo, que se otorgue a cada bebé el número que más adelante se corresponda con su DNI.

No obstante, uno de los temas que sigue pendiente en esta reforma del Registro Civil es el orden de apellidos de los hijos en caso de desacuerdo entre los progenitores y sobre el que los partidos políticos presentaron distintas alternativas y no han alcanzado una solución de consenso después de estas tres reuniones a puerta cerrada.

Por ello, se decidirá finalmente la solución final a este ''conflicto de intereses'' en el Congreso el próximo 4 de mayo, cuando haya que discutir y votar en la Comisión de Justicia el proyecto de ley de reforma del Registro Civil y sus enmiendas. Tras la votación, ese día el proyecto de ley se remitirá al Senado ya que la comisión cuenta con competencia legislativa plena y no es preciso que el tema vuelva a discutirse en sesión plenaria.