No solo los padres luchan judicialmente para poder ver a sus hijos ante supuestos incumplimientos del régimen de visitas legalmente establecido. Una abuela ha interpuesto más de 50 denuncias contra su propia hija en los juzgados de Arona para poder ver a sus dos nietos menores de edad. A pesar de que en enero del presente año una sentencia le dio la razón en sus reivindicaciones, la denunciante todavía no ha conseguido su objetivo y ya se encuentra desesperada. La causa del conflicto son las malas relaciones existentes entre ambas mujeres. Pero esa circunstancia no se considera judicialmente como razón suficiente para impedir la relación entre la abuela y los niños.

La defensa de la abuela, María Julia Videira Alonso, ha sido asumida recientemente por el abogado Plácido Alonso Peña. Y el viernes de la semana pasada, dicho letrado planteó un escrito ante el Juzgado de Primera Instancia Número Dos de Arona para que tenga en cuenta los reiterados incumplimientos que han existido por parte de la hija de la denunciante ante una sentencia del mencionado órgano judicial. La abuela reside en Guargacho (San Miguel) y los pequeños viven en Adeje.

El abogado Alonso Peña recuerda en dicho texto que, "con fecha 28 de junio de 2011 se dictó auto por el que se despachaba la ejecución y en virtud del cual se requería a la ejecutada para que cumpliera en sus propios términos lo estipulado en la sentencia de 17 de enero de 2011 sobre el derecho de visitas" de la abuela materna.

Según el letrado Alonso Peña, "por parte de la ejecutante se han interpuesto 50 denuncias ante Policía, Guardia Civil y el Juzgado de Guardia de este partido judicial, desde que por sentencia judicial" se estimara la demanda formulada por María Julia Videira Alonso, "reconociendo a ésta el derecho de visitas y comunicación con los dos menores", un niño y una niña.

Según consta en el fundamento jurídico cuarto de la referida sentencia de hace casi un año, la abuela tiene derecho a un régimen de visitas en el que se incluyen todos los miércoles, desde la salida del colegio hasta las 20:00 horas, así como los domingos alternos, desde las 17:00 hasta las 20:00 horas. La resolución judicial contempla que debe ser la abuela quien debe recoger y entregar a los menores en el domicilio de la madre. Dicho régimen se considera adecuado, "atendiendo a que con él se permite una relación de la actora con sus nietos y se considera ajustada", en función de la edad de ambos niños, según el texto de la citada sentencia, a la que tuvo acceso EL DÍA.