El Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) ha confirmado la incapacidad permanente dictada para un vigilante de seguridad con obesidad mórbida, al entender que con esa y otras dolencias que padece no puede estar de pie mucho rato, tal y como requiere su profesión.

No obstante, el fallo no cierra la puerta a su revisión en el caso de que el estado de salud del vigilante cambie y pueda desarrollar con normalidad su actividad profesional.

La sentencia confirma una anterior de un juzgado de lo social de Palma de Mallorca que revocaba la decisión de la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social denegándole la incapacidad permanente que había solicitado.

En la resolución se indica que el trabajador tiene obesidad mórbida, así como lesiones degenerativas en plataformas, discos y articulaciones, tanto en la columna cervical como en las lumbares.

Otras dolencias que padece son protusiones discales en las caderas y problemas en ambas rodillas, así como una hernia discal y lumbar.

Estas patologías limitan los movimientos del trabajador, indica la resolución, y también afectan a su capacidad de estar de pie mucho tiempo.

La sala apoya la sentencia de instancia al entender que no hay elementos de juicio "de peso incontestable" que la puedan echar atrás y añade que la limitación para estar de pie "aparece como un obstáculo insalvable para el ejercicio de la profesión de vigilante de seguridad".

Eso sin que, aclara luego, no se pueda revisar el grado de incapacidad en un futuro en caso de que la salud del trabajador mejore.