Dalayn Carrillo, acusado de matar a un compatriota cubano, Jorge Félix Rodríguez, en Arona en noviembre del año pasado, quedó ayer en libertad después de que el Tribunal del Jurado votara por mayoría (6 votos sobre 9) que se le debía suspender la pena de prisión y el magistrado, Joaquín Ástor Landete, refrendara con argumentos tal postura. El juez presidente del Tribunal tuvo en cuenta el reconocimiento de los hechos por el acusado; su actitud de autodefensa y el miedo insuperable de forma parcial; el tiempo que lleva en prisión provisional (casi 11 meses) y la mencionada decisión del Jurado.

Previamente, dicho Tribunal popular consideró que Dalayn Carrillo es culpable de un delito de lesiones con homicidio imprudente. Un veredicto que está muy alejado del asesinato planteado por el fiscal del caso y que coincide plenamente con la postura planteada por la abogada defensora, la también cubana Gisela García Martín.

El fallecido acudió a casa de su expareja, de la que tenía una orden de alejamiento. Como no le abrió, entró por una ventana. Y, según la mujer, la agredió y le quitó el bolso. Después, Dalayn que estaba en la casa bajó a la calle. El fallecido agredió al ahora acusado y, después de recibir muchos golpes, hirió con un cuchillo de cocina a Jorge Félix. Aunque un muslo no es la parte del cuerpo que se ataca cuando se quiere matar a alguien, la herida cortó la arteria y la vena femoral.

El Jurado estuvo deliberando ayer desde las diez de la mañana hasta casi las ocho de la tarde.

El Tribunal del Jurado tuvo en cuenta que el procesado únicamente introdujo el cuchillo una vez en el muslo de la víctima mortal. El Jurado popular consideró que por parte del acusado, Dalayn Carrillo, no hubo provocación, sino, al contrario, por parte del fallecido.

El delito de lesiones con homicidio imprudente conlleva penas de prisión comprendidas entre los tres años y medio y los cinco años. Tras escuchar al portavoz del Tribunal del Jurado, el representante del Ministerio Fiscal solicitó una pena de cárcel de dos años y el mantenimiento de la indemnización por la responsabilidad civil (200.000 euros).

En coherencia con los argumentos defendidos a lo largo de todo el proceso, la letrada de la Defensa manifestó que se trata de un veredicto ajustado a derecho y solicitó para su cliente la suspensión de la pena, a la vez que se opuso a la responsabilidad civil, ya que se había probado que no existió un asesinato. Ante la emoción de diversas personas que se hallaban en el interior de la sala 12 de la Audiencia Provincial y el abrazo entre Dalayn y Gisela, el magistrado decretó la puesta en libertad y que podía ir a buscar sus pertenencias a la cárcel.

Un caso con opción para la Defensa

Frente a otros procesos judiciales más mediáticos y donde la acusación de asesinato está más clara, en esta ocasión la abogada defensora ha tenido y ha sabido utilizar las opciones para beneficiar a su cliente. Las circunstancias (un hombre que vulnera una orden de alejamiento, allana una morada, agrede a su expareja, golpea a otro hombre y muere de una puñalada) han hecho interesante este proceso.