La flexibilización de grados universitarios, que permitirá a las universidades crear grados de 3 años y master de 2 años, entra en vigor este miércoles, 4 de febrero, y no podrá suponer incremento de gasto público.

Así consta en el Real Decreto que modifica otros dos decretos sobre enseñanzas universitarias oficiales y enseñanzas oficiales de doctorado, publicado hoy en el BOE y que es de aplicación al día siguiente de su publicación. De este modo, la entrada en vigor permitirá a las universidades aplicar voluntariamente este nuevo modelo a partir del curso 2015-2016, aunque la Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas (CRUE) aprobó este lunes una moratoria de dos años a su aplicación.

La norma, aprobada el viernes 30 de enero en Consejo de Ministros, contempla una disposición única titulada ''No incremento del gasto público'' que establece que las medidas incluidas en la misma "no podrán suponer incremento de dotaciones ni de retribuciones ni de otros gastos de personal".

Mientras que la anterior regulación de las titulaciones universitarias establecía como norma general que los grados debían tener 240 créditos y los master oficiales 60, la nueva normativa posibilita reducir la carga lectiva de los grados, siempre y cuando los créditos destinados a "formación básica" supongan al menos el 25% del programa de estudios.

Las especificaciones para los nuevos grados, según aparecen definidas en el texto, "contendrán toda la formación teórica y práctica que el estudiante deba adquirir: Aspectos básicos de la rama de conocimiento, materias obligatorias u optativas, seminarios, prácticas externas, trabajos dirigidos, trabajo de fin de Grado u otras actividades formativas". En cambio, establece que los estudios de master "se orienten hacia una mayor especialización".

De hecho, todos los títulos deberán recibir el visto bueno y la certificación de las agencias de evaluación responsables de verificar las enseñanzas universitarias e incluirlas en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT).

El Decreto contempla como excepciones los estudios que habilitan para ejercer una profesión regulada (carreras del área de la salud e ingenierías, principalmente), para las que el Gobierno "establecerá las condiciones a las que deberán adecuarse los correspondientes planes de estudios, que además deberán ajustarse, en su caso, a la normativa europea aplicable".

Asimismo, en el caso de títulos no habilitantes pero para los que la normativa comunitaria impone "especiales exigencias de formación", la nueva normativa señala que se establecerán igualmente dichas exigencias en los nuevos grados. PASAR DE GRADOS DE 4 A GRADOS DE 3 AÑOS

Por otra parte, ante la posibilidad de que las universidades conviertan algunas de sus actuales titulaciones de cuatro años (240 créditos) en grados con menor carga lectiva, el decreto establece que a los alumnos que cursen los planes antiguos "les serán de aplicación las disposiciones reguladoras por las que hubieran iniciado sus estudios".

Además, indica que, una vez extinguidos los planes, las universidades "garantizarán la organización de al menos cuatro convocatorias de examen en los dos cursos académicos siguientes a la fecha en que se haya producido la extinción".

En el caso de los alumnos que, pese a estas convocatorias, no aprueben los créditos necesarios para completar las titulaciones de 240 grados " tendrán derecho al reconocimiento de la parte de los créditos superados", según indica el texto aprobado este viernes.