El "roaming" o itinerancia, conocida como el recargo que se realizaba a un cliente cuando utilizaba su móvil para llamar, enviar un mensaje de texto o navegar por internet con datos fuera de su país, a partir de hoy desaparece en los 28 países de la Unión Europea (UE). Es decir, si viajas por placer, trabajo o estudios, podrás seguir disfrutando de las mismas tarifas que posees en tu "casa".

La Comisión Europea lleva planteando eliminar la itinerancia desde 2013, pues veía cómo los europeos que se movían entre países muchas veces apagaban el móvil para no tener que enfrentarse a sobrecargos. De hecho, desde 2007 ha ido disminuyendo las tarifas para llamadas y SMS y, a partir de 2009, también la de los datos. Sin embargo, lo que se implementa a partir de hoy, diez años después, se puede concebir como paso hacia la libre circulación de personas dentro de la UE, ya que también democratiza la comunicación.

Las llamadas, mensajes y uso de datos que se realicen desde el teléfono móvil u otro dispositivo dotado de una tarjeta SIM desde otro país de la Unión Europea que no sea el de residencia se incluirán en el paquete establecido por el operador nacional. De esta manera si, por ejemplo, el usuario tiene un contrato en su país de residencia en el que le ofertan llamadas y mensajes ilimitados, los tendrá igualmente en toda la UE.

Con los datos móviles existe una excepción debido a que las tarifas de itinerancia de datos ofertadas por las compañías de diferentes países no suelen ser iguales. Por ello, y especialmente para aquellas que permiten contratar tarifas planas o un volumen de datos muy elevado a un precio bajo y, a fin de evitar abusos, la Comisión ha creado un procedimiento para que los precios sean lo más equitativos posible.

Para entender esta medida, primero hay que saber por qué se cobraba a los clientes anteriormente. "Cuando viaja a otro país y llama por teléfono, envía un SMS o navega por internet, utiliza redes móviles en itinerancia, lo que se denomina roaming", explica la Comisión Europea, "en estos casos, el operador telefónico de su país debe pagar al operador del país que visita por la utilización que usted hace de sus redes móviles. El precio que se abonan entre operadores se denomina precio mayorista de roaming y, como representa un coste para el operador de su país, lo repercutirá en su factura final al consumidor".

Esta ha sido finalmente la razón por la cual, la Comisión ha dedicado a restringir los precios mayoristas de roaming en la UE paralelamente a sus esfuerzos por limitar los precios minoristas que abona el consumidor. De esta manera, se limita a 7,7 euros el gigabyte como precio mayorista. Una cifra que irá reduciéndose cada año, hasta que en 2022 solo será de 2,5 euros.

Esta cifra no repercute en la factura del ciudadano, sino que se descuenta de la propia tarifa contratada. Ante todo, la Comisión recuerda que " este tipo de abonos no son, ni de lejos, mayoría" y que "estos recargos no son obligatorios sino que son límites que fija la ley". Por tanto, la operadora no está obligada a aplicar estos recargos, pero "lo puede hacer siempre dentro de estos límites".

Política para evitar abusos

A raíz de la nueva regulación surgen muchas dudas, entre ellas, el abuso que se podría hacer del "roaming sin recargos". Para evitarlo, los proveedores de itinerancia "podrán aplicar mecanismos de control correctos, razonables y proporcionados para detectar los riesgos de una utilización abusiva o anómala, que vaya más allá de viajes periódicos a otros países", informa la Comisión Europea. Es decir, el operador podrá solicitar información sobre la residencia o los vínculos estables de los consumidores que, a lo largo de un periodo de cuatro meses, pasen más tiempo en el extranjero que en casa y que utilicen mayoritariamente estos servicios fuera del país.