La Audiencia de Las Palmas ha absuelto a un empresario propietario de varios restaurantes temáticos en la capital grancanaria de un delito contra los derechos a los extranjeros al no apreciar el tribunal "ánimo alguno" de favorecer la inmigración ilegal.

Según argumenta el tribunal en la sentencia hecha pública hoy y facilitada por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, la casi totalidad de los extranjeros empleados por el acusado en su empresa han regularizado su situación en España por la gestión del propio acusado.

La sentencia recoge en sus hechos probados que el acusado se desplazaba a Brasil, Tailandia o Méjico, o bien contactaba telefónicamente a través de otras personas, con la intención de contratar cocineros para sus restaurantes.

El acusado les facilitaba su llegada a España pagando los gastos de avión y alojamiento durante tres meses, periodo tras el cual habitualmente les regularizaba su situación laboral.

A la Policía tampoco le constaba que el acusado hubiese traído a España a los inmigrantes, por lo que en modo alguno está acreditado que favoreciera la inmigración ilegal y su conducta no integra tipo alguno de tráfico ilegal de mano de obra.

"El acusado no trafica con personas ni con mano de obra", si bien está probado que el acusado trae a ciudadanos extranjeros y les paga el importe del billete, e incluso les facilita alojamiento gratuito durante tres meses, y luego trabajan en restaurantes de su propiedad, según recoge la sentencia en sus fundamentos jurídicos.

Para el tribunal, de los hechos probados no se puede deducir "afán alguno de explotación de las personas, ni menos aún que se hayan tratado de eludir las vías normales y ordinarias de entrada a nuestro país".

Añade que es posible que el acusado haya incurrido en algún tipo de infracción administrativa contra la ley de extranjería, y que de hecho ha sido sancionado por falta muy grave, o la normativa laboral, "pero de ahí a incurrir en la comisión de un delito doloso por excelencia hay un mundo".

El tribunal expresa su sorpresa por la acusación y el tiempo en que el acusado ha sido sometido a "pena de banquillo" por hechos que de ningún modo revisten caracteres de infracción penal y por los que el fiscal pedía penas de cuatro años de prisión por cada uno de las presuntas víctimas del delito.