La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de la Región (TSJ) ha declarado que la expulsión de un inmigrante de origen magrebí, que fue sorprendido cuando llegaba a la costa de Cabo de Palos a bordo de una patera, no necesita la previa incoación de un expediente.

En una sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, desestima el recurso presentado por este inmigrante contra una resolución del Juzgado de lo Contencioso que respaldó la decisión de expulsión acordada por la Delegación del Gobierno de Murcia.

La Administración, en una decisión que ahora se ve avalada por los tribunales, decretó su expulsión, sin la previa apertura de un expediente, al haber sido sorprendido por la Guardia Civil de Cabo de Palos "cuando pretendía entrar en España el nueve de octubre de 2007 en una patera".

En su recurso, el apelante alegó que cuando fue sorprendido por agentes de la Benemérita ya se encontraba en nuestro país dos días, por lo que tenía que haberse abierto un expediente y dictar una resolución motivada, en lugar de ordenar directamente su devolución a su país de origen, Argelia.

La sentencia del TSJ indica que el apelante "se limita, en su recurso, a que ya había entrado en España cuando fue detenido y que se encontraba en territorio nacional desde dos días antes, sin que haya desvirtuado lo afirmado por la Guardia Civil de que fue detenido cuando trataba de entrar de forma ilegal".