El juez de Sevilla que investigó el crimen de la joven Marta del Castillo ha confirmado el archivo de la causa contra Francisco Javier Delgado, hermano del condenado por el asesinato, Miguel Carcaño, por la falta de credibilidad de éste último y porque es innecesario un careo o escuchar a más testigos.

El juez de instrucción 4, en un auto al que ha tenido acceso Efe, deja claro que en esta nueva vía "únicamente puede ser objeto de investigación si Francisco Javier Delgado mató a la menor", como ahora afirma su hermano, que cumple una condena de 21 años y tres meses de cárcel por el crimen.

"Todo lo demás, esto es, si trasladó el cuerpo ya sin vida, cómo lo trasladó, cómo lo enterró o cuál fue su destino no puede volver a ser investigado sin acreditar primero que Francisco Javier fuese autor material o coautor de la muerte", añade el auto.

El juez Francisco de Asís Molina califica de "verdadera ficción" la alegación de los padres de Marta de que han sufrido indefensión, ya que su abogado ha estado presente en todos los procesos contra los cuatro mayores de edad acusados de la muerte o desaparición de Marta y contra el menor de edad apodado El Cuco, condenado por encubrimiento.

Se trata de una crítica "gratuita e innecesaria" contra el juez de instrucción, añade el auto.

Reitera su impresión, ya recogida en el primer auto de archivo, de que "no es creíble" la nueva versión de Carcaño de que en realidad fue su hermano quien mató a Marta de un golpe con la culata de una pistola cuando la joven medió en una discusión entre los dos hermanos, en la noche del 24 de enero de 2004.

Respecto a la prueba pedida por los padres de que un banco informe sobre la hipoteca que pesaba sobre el piso de los hermanos, el juez la considera innecesaria puesto que el propio Delgado reconoció haber discutido con su hermano sobre asuntos económicos.

En cuanto al careo entre los hermanos pedido por los padres de Marta, dice que "carece de interés en esta causa puesto que las declaraciones de Miguel y Francisco Javier son frontal y radicalmente contradictorias en su totalidad, no en matices o detalles ni sobre algún hecho que convenga aclarar".

Por otro lado, la declaración ante el juez de los policías que investigan el caso para que expongan los argumentos a favor y en contra de la nueva versión de Carcaño no es necesaria puesto que esas opiniones ya están recogidas en el atestado.

El juez tampoco cree necesario tomar declaración a la abogada de Carcaño puesto que "no puede declarar sobre los hechos objeto de este proceso" y solo podría emitir "juicios de valor".

De la misma manera, el juez rechaza tomar declaración al testigo que, dos años después del crimen, reveló haber trasladado aquella noche a Delgado a su piso de la calle León XIII porque su falta de credibilidad ya fue valorada por la Audiencia de Sevilla en la sentencia firme que condenó a Carcaño.