El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la condena de 20 años de cárcel impuesta por la Audiencia de Las Palmas al hombre que asesinó a puñaladas a su expareja en Tarajalejo (Fuerteventura), el 14 de abril de 2012.

La sentencia y el veredicto de culpabilidad emitido por un Jurado popular ya había sido ratificadas por la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC).

Sin embargo, el procesado, Claudio Esteban P.D., recurrió ante el Supremo para alegar que el veredicto era contradictorio, que se le había aplicado indebidamente la agravante de alevosía y que no se había tenido en cuenta como atenuante la falta de control de los impulsos que dice sufrir debido a un accidente de moto.

La sentencia ahora ratificada declaró probado que Claudio Esteban P.D., un individuo ya condenado por malos tratos en 2004, mató con un cuchillo a Nicole Z., una ciudadana alemana residente en la isla con la que había tenido una relación sentimental hasta poco antes.

El Jurado consideró acreditado que el procesado se presentó el 14 abril de 2012 en casa de la víctima, situada en un lugar poco habitado, y que, por circunstancias que se desconocen, comenzó a golpear "brutalmente" a Nicole Z. con diversos utensilios de cocina, como una sartén, un cazo y un caldero.

Cuando la mujer ya estaba aturdida por los golpes, Claudio Esteban P.D. cogió un cuchillo de cocina y apuñaló con él a Nicole Z. en varios lugares del cuerpo, entre ellos, el cuello, el abdomen y la espalda.

Después, se marchó de casa dejando a su víctima que se desangrase sola, sin posibilidad alguna de que recibiera ayuda.

La defensa intentó alegar ante el Supremo que el veredicto era contradictorio y que la Audiencia de Las Palmas se equivocó al aplicar la agravante de alevosía (que convierte el homicidio en asesinato) y al no tener en cuenta una atenuante de obcecación.

El Alto Tribunal admite que los hechos probados pueden tener algún "vicio de redacción", pero estima que no por ello resultan contradictorios. Además, recuerda que la defensa no protestó por su contenido cuando se planteó el objeto de veredicto (el cuestionario que el juez somete a deliberación del Jurado al término del juicio).

En cuanto a la alevosía, el Supremo entiende que este es "un caso paradigmático" de alevosía sobrevenida, entendida esta como la indefensión que alguien sufre cuando, en medio de una riña, aparece un instrumento que "hasta ese momento no había estado en escena", como fue el cuchillo empleado por el acusado para matar a Nicole Z.

Finalmente, la sentencia responde a la defensa que sus argumentos para tratar de introducir una atenuante de obcecación a partir de las lesiones cerebrales que acusado sufrió tiempo antes en un accidente de tráfico adolecen de una "patente falta de consistencia".