Un policía local de Santa Cruz de Tenerife será suspendido de empleo y sueldo durante seis años por el ayuntamiento tras haber sido procesado por difusión de pornografía infantil.

Así lo determina una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) contra la que no cabe recurso y que fue firmada en septiembre del año pasado.

El 11 de marzo de 2014, el alcalde de la capital tinerfeña, José Manuel Bermúdez, firmó una resolución sancionadora, en la que se acordó la suspensión de funciones al referido agente.

La medida disciplinaria se basó en que fue condenado por la comisión de un delito doloso del artículo 189.1.b del Código Penal, que castiga con penas de uno a cuatro años de prisión a aquellas personas que produjeran, vendieran, distribuyeran, exhibieran o facilitaran la producción, venta, difusión o exhibición por cualquier medio de material pornográfico en cuya elaboración hayan sido utilizados menores de edad o incapaces".

El agente municipal fue condenado inicialmente por el Juzgado de lo Penal número 3 de Santa Cruz de Tenerife.

Tras la interposición de un recurso, la misma sentencia fue confirmada por la Sección II de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife en el documento 389/2013.

Inicialmente, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de la capital tinerfeña dio la razón al policía local condenado cuando recurrió la resolución de empleo y sueldo firmada por el alcalde.

Sin embargo, hay que destacar que el Tribunal Superior de Justicia de Canarias determina que "si bien es cierto que la inmediata ejecución de la sanción impuesta supone para el recurrente perjuicios graves por la pérdida de la retribución que le correspondía como funcionario, también lo es, y con mayor relevancia, que el ejercicio de sus funciones como policía local, (...) entra en directo conflicto con su situación de condenado por sentencia firme por conducta constitutiva de delito doloso".

Además, el TSJC estima que el contenido de las sentencias reseñadas no se resienten por la interposición de un recurso de amparo, ya inadmitido, ni por la pendencia de la revisión solicitada ante el Tribunal Supremo, que procede, precisamente, ante sentencias firmes".

El concejal de Seguridad de Santa Cruz, José Alberto Díaz-Estébanez, declinó hacer declaraciones sobre este asunto.

Únicamente aseguró que el ayuntamiento actuó como tenía que hacerlo y confirmó que el agente está apartado de sus funciones.