La Sección II de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife condenó a dos años de prisión al policía local de la capital tinerfeña que en 2008 fue detenido por difundir imágenes de pornografía infantil y al que el Ayuntamiento impuso la suspensión de empleo y sueldo por un periodo de seis años. De esta manera, el presidente del Tribunal, Joaquín Astor Landete, y los magistrados Francisca Soriano y Fernando Paredes confirmaron la sentencia que previamente le había impuesto el Juzgado de lo Penal número 3 en marzo del 2013 y que fue recurrida por el procesado.

Hasta el momento del arresto por parte de agentes del Cuerpo Nacional de Policía en su vivienda, en septiembre del 2008, al funcionario no le constaban antecedentes, por lo que no entrará en la cárcel.

En la sentencia de la Audiencia Provincial se considera probado que el policía local, de más de 50 años, "descargó numerosos archicos de contenido pedófilo, en las cuales se plasmaban escenas de sexo explítico", tanto vaginales como anales, introducción de objetos o felaciones "de personas que claramente eran menores de edad".

Los investigadores de la Policía Nacional intervinieron tres discos de memoria, todos con "archivos permanentes de contenido pedófilo, que fueron descargados con los programas P2P.

Esta última circunstancia facilitó la "propagación de dichos archivos a través de la red y desde su ordenador".

El abogado de la defensa fundamentó el recurso de apelación ante la Audiencia Provincial en tres apartados fundamentales, como la infracción al derecho fundamental a la tutela efectiva, al derecho fundamental a utilizar los medios de prueba pertinentes para la defensa y a la presunción de inocencia; error en la apreciación de las pruebas, e infracción de normas de ordenamiento jurídico.

Todos estos argumentos fueron desestimados por el Tribunal de la Sección II de la Audiencia Provincial.

En la sentencia de este último órgano judicial se determina que "la pericial practicada en el juicio oral puso de relieve que "no estamos ante una descarga casual" de archivos de contenido pedófilo.

Los magistrados consideraron que las imágenes de pornografía infantil con sexo explícito eran visibles a simple vista y que no habían sido borradas. Además, los archivos estaban en carpetas con los nombres "Descarga", lo que implica el hecho de que se produjo distribución a terceras personas.

Hasta la sentencia del TSJC del pasado mes de septiembre, que confirmaba la suspensión de sus funciones como policía durante seis años, mandos del cuerpo de seguridad decidieron apartar al agente de su trabajo en la calle y le encomendaron diversas tareas.