El juez José Luis de la Fuente ha rechazado apartar del procedimiento por el asesinato de María del Carmen Martínez, viuda del expresidente de la CAM Vicente Sala, a dos de sus hijas, que ejercen la acusación particular, según se establece en un auto al que ha tenido acceso Efe.

La fiscalía había pedido que María del Mar y María Antonia Sala fuesen apartadas de las diligencias judiciales abiertas por la muerte de su madre, ocurrida el pasado 9 de diciembre, al entender que incurrían en un fraude procesal por defender al único sospechoso del crimen, su cuñado Miguel López.

Ambas mujeres han solicitado recientemente a través de su letrado el archivo de la causa para López, marido de su hermana pequeña Fuensanta, porque están convencidas de su inocencia.

Las tres hijas de Vicente Sala y María del Carmen Martínez se personaron conjuntamente con un abogado en la causa antes de la detención del presunto asesino, mientras que su hermano mayor, Vicente Jesús Sala, hizo lo propio por separado.

Tras el arresto de López, practicado el pasado 8 de febrero, Fuensanta se autoexcluyó del proceso, mientras que María del Mar y María Antonia continuaron personadas en el mismo.

La fiscalía insiste en que estas últimas deben ser apartadas de la causa al ejercer la defensa del encarcelado en lugar de la acusación, por lo que va a recurrir el auto judicial.

El titular del Juzgado de instrucción 7 de Alicante ha rechazado la expulsión del proceso de las dos hermanas tras dictaminar que la Ley de Enjuiciamiento Criminal no impide a las acusaciones particulares solicitar el sobreseimiento de una causa penal.

Por el contrario, según explica el juez en el auto, la Ley del Jurado, por la que se tramita este proceso, establece expresamente el derecho de una acusación particular a "formular alegaciones y solicitar lo que estimen oportuno".

El magistrado ha optado por mantener a las dos hermanas en el procedimiento mientras no desarrollen "conductas procesales que impliquen una colusión (pacto ilícito en daño de tercero, según la definición del Diccionario de la Real Academia de la Lengua) de intereses con la representación de la defensa o generen actuaciones dilatorias" contrarias a la "exigible buena fe procesal".