El Tribunal Supremo ha anulado la condena de nueve años de inhabilitación para empleo y cargo público que la Audiencia Nacional impuso al exembajador de España en la República Democrática del Congo Antonio Fernández de Mazarambroz Bernabéu por prevaricación administrativa en la concesión de visados.

En una sentencia de la que ha sido ponente el magistrado Luciano Varela, el alto tribunal estima el recurso del diplomático y le absuelve, ya que considera que no concurren en su actuación los requisitos de arbitrariedad y notoria ilicitud que exige el delito de prevaricación.

El Supremo indica que "la norma jurídica reguladora no permite afirmar que el embajador careciera de toda competencia en materia de autorización de los dos visados a los que se refiere la sentencia recurrida".

Añade que tampoco se puede afirmar "que la asunción de la misma fuera ilícita por atender a fines diversos de los que toma en consideración el ordenamiento jurídico al establecer las competencias en esta materia".