La Audiencia de Cantabria ha decidido prorrogar la prisión provisional del hombre condenado por maltratar a su mujer, que quedó parapléjica tras saltar por la ventana huyendo de la paliza que la estaba propinando, porque cree que persiste "un elevado riesgo de fuga" y para asegurar la protección de la víctima.

Hace un mes este hombre fue condenado por la Audiencia de Cantabria a 19 años y 5 meses de cárcel y a indemnizar a su exmujer con 792.000 euros.

Ayer se celebró una vistilla para abordar si se prorrogaba o no la prisión provisional, ya que en los próximos días se cumplen los dos años desde que se acordó esta medida cautelar.

El hombre se encuentra en prisión provisional desde que sucedieron los hechos, el 30 de mayo de 2015, y como ha presentado recurso de casación ante el Tribunal Supremo contra la sentencia que le condena, no se encuentra cumpliendo la pena que se le impuso, sino que permanece interno de acuerdo con la medida cautelar acordada entonces.

Tanto el Ministerio Fiscal como la acusación particular subrayaron en la vistilla de ayer que se dan los requisitos necesarios para prorrogar la prisión provisional del condenado.

La Fiscalía y la acusación particular defendían que el riesgo de fuga sigue existiendo dada la gravedad del delito y la pena de cárcel tan elevada de este hombre.

En un auto que se ha dictado esta misma mañana, la Audiencia prorroga la medida cautelar de prisión provisional hasta el 15 de agosto de 2024, esto es, hasta el límite de la mitad de la pena que le ha sido impuesta, máximo plazo que permite la ley.

La Audiencia entiende, al igual que las acusaciones, que "persiste un elevado riesgo de fuga" en este caso, que "obliga a prorrogar hasta el máximo legal" la situación de prisión provisional.

La Sala cree que la prisión preventiva es "el único modo eficaz de conferir a la víctima un adecuado estatus de protección".

Y aunque el letrado de la defensa rechazaba el riesgo de fuga, al considerar que existe un "absoluto arraigo" de este hombre a la ciudad y a la provincia, y un "arraigo familiar", el tribunal dice que el hecho de que el condenado tenga el apoyo de su familia "en modo alguno minimiza ni el riesgo de fuga ni el de reiteración delictiva".

Contra esta resolución cabe recurso de súplica ante la propia Audiencia de Cantabria.