Agentes del Equipo Territorial de Policía Judicial (ETPJ) de Tías, en Lanzarote, detuvieron entre los días 19 de mayo y 1 de junio a tres personas que responden a las iniciales de A.C., M.A.M.M. y J.D.A.F., de nacionalidad extranjera y con edades comprendidas entre los 19 y los 25 años de edad, como presuntos autores de los delitos de detención ilegal y contra la integridad moral al supuestamente retener a una menor y vejarla.

Las detenciones se produjeron después de que los agentes iniciaran la operación denominada ''AMINO'', tras recibir la denuncia de los tutores de la menor el día 18 de mayo, informando de que el día 11 de mayo la víctima, menor de edad, había permanecido en contra de su voluntad en una casa --propiedad de una persona ajena a los hechos pero conocido de los detenidos-- donde durante varias horas presuntamente había sido maniatada con grilletes, vejada y golpeada, sin necesitar posteriormente atención medica especializada pero sí en un centro de salud por las lesiones en las muñecas.

Esto motivó una toma de exploración (o manifestación) de la menor, que hizo que los agentes observaran las diversas heridas que la víctima presentaba aún en sus muñecas, lo que junto a otra serie de pesquisas policiales hizo que los agentes pudieran identificar a los tres presuntos autores de los hechos, todos varones, mayores de edad y de nacionalidad extranjera, pero residentes en la isla, según informó la Guardia Civil en nota de prensa.

Así, los agentes conocieron que presuntamente los detenidos, aprovechando la relación de amistad con la víctima, la convencieron para que el día 11 de mayo la acompañaran al domicilio de otro conocido donde se cometieron los hechos descritos, y por los que detuvieron finalmente a A.C., M.A.M.M. y J.D.A.F. como supuestos autores de los delitos de detención ilegal y contra la integridad moral (maltrato de obra).

Los tres detenidos, tras pasar a disposición judicial, se ha acordado una medida cautelar de prohibición de acercamiento a la menor a menos de 300 metros y comparecer personalmente, de manera periódica en sede judicial, para evitar la fuga del territorio nacional hasta la celebración de la correspondiente vista oral del juicio.