El jurado del caso del supuesto descuartizador de Majadahonda ha encontrado por unanimidad culpable a Bruno H.V de matar a su tía Liria y a la mujer a la que había arrendado una habitación de su casa, Adriana G., además de dar por ciertos que estafó a su tía y que poseía armas de fuego sin tener permiso.

Tras 24 horas de deliberación, los nueve miembros del jurado han leído esta tarde en la Audiencia Provincial el veredicto ante el procesado, la juez, la fiscal y los abogados de la defensa y de la acusación particular. Así, han decidido por unanimidad que han quedado demostrados todos los hechos imputados al detenido.

Respecto al crimen de su tía Liria, los nueve miembros del jurado consideran probado que a fecha posterior al 13 de abril de 2010 el acusado la mató y luego troceó su cuerpo con la máquina picadora hallada en el sótano de su casa de Majadahonda. Y que el acusado constituyó posteriormente la empresa ''Obras y Reformas'' y a través de ellas le giró recibos contra la cuenta de su tía.

También creen probado que falsificó la firma de Liria para el contrato por el que le cedía su casa durante 15 años por un precio de 18.000 euros, dinero que no abonó nunca, pero cuya casa el acusado alquilaba a cambio de dinero.

Además, ha quedado confirmado que falsificó la firma unos años después, en 2014 en un contrato en el que supuestamente la supuesta víctima le autorizó para empadronarse en su vivienda.

Respecto al crimen de la inquilina argentina, el jurado ha declarado por unanimidad que Bruno la mató el 1 de abril de 2015 y que luego troceó y destruyó su cuerpo utilizando la misma máquina picadora.

Asimismo, considera probado que el procesado, con la intención de similar que Adriana seguía viva, metió un documento de despedida dos días después debajo de la puerta de la hamburguesería de Majadahonda en la que trabajaba, además de enviar mensajes a sus allegados haciéndose pasar por ella con el móvil de la víctima.

Por otro lado, han determinado por unanimidad que efectivamente el procesado viajó a Barcelona para posicionar allí el teléfono de Adriana y han confirmado que en la casa del padre del procesado se encontró el pasaporte, permiso de conducir y otras joyas de la ciudadana argentina.

En objeto del veredicto leído hoy, también achacan al detenido un delito de tenencia ilícita de armas, ya que junto a las dos pistolas semiautomáticas tenía junto a ellas un cañón y un silenciador compatibles con ellos para montarlas sin autorización y poderlas disparar.

Uno de los puntos claves del veredicto es el momento en el que el jurado ha negado por unanimidad que la esquizofrenia paranoide del acusado le anulara completamente su capacidad de entender y comprender el alcance de sus actos, algo que en caso de acreditarse le hubiera valido una eximente completa, que es lo que pedía el abogado de la defensa.

Además, con una mayoría de 7 votos sobre 9 han negado también que su enfermedad anulara el juicio parcialmente, por lo que también han descartado así la eximente incompleta.

Por último, el jurado ha decidido que no se le apliquen a Bruno los beneficios de la remisión condicional de la condena dejando en suspenso su ejecución a condición de que no vuelva a cometer un delito en el plazo que se señala y también estiman que no deben proponerse al Gobierno de la Nación el indulto, total o parcial, de las penas que se le impongan.

Tras la lectura del veredicto, ha tomado la palabra la representante del Ministerio Fiscal, que ha mantenido la pena en todas las solicitudes, al igual que la responsabilidad civil. Es decir, 12 años y cinco meses por cada una de las dos muertes (una vez aplicada a la pena de homicidio el atenuante por enfermedad mental en su grado más bajo), dos años por estafa, dos por tenencia ilícita de armas y un año por falsificación de firma; además de la solicitud de la responsabilidad civil.

Por otro lado, el abogado de la acusación particular, que en este caso ha sido ejercida por el hermano de Adriana, ha pedido también 12 años y cinco meses por estos homicidios con circunstancia atenuante y dos años por armas prohibidas; así como el pago de las costas del proceso judicial y 100.000 euros a cada uno de los padres de la víctimas y otros 50.000 a cada uno de los dos hermanos en concepto de responsabilidad civil.

Por último, el abogado de la defensa, Marcos García Montes, ha solicitado la nulidad del veredicto por algunas circunstancias observadas durante el proceso judicial. No obstante, visto el veredicto ha pedido para su cliente pena de 10 años de prisión por cada uno de los homicidios, dos años por estafa, uno por falsedad documental y uno por tenencia ilícita de armas. No ve responsabilidad civil alguna.

Ahora, la magistrada de la sección 30 de la Audiencia Provincial de Madrid que ha llevado el caso tendrá que elaborar una sentencia, fijando los años de cárcel y la responsabilidad civil correspondiente. El fallo se conocerá a finales de la semana que viene o principios de la siguiente, han indicado a Europa Press fuentes judiciales.