La Audiencia Provincial descarta que un bañista haya sido contagiado del virus del sida tras recibir una mordida por parte de una persona que se había apropiado del móvil mientras estaba en la playa de Las Teresitas. No obstante, la Sala sí condena a J.M.D.C., como responsable de un robo con violencia en grado de tentativa a la pena de 15 meses de prisión y a indemnizar a la víctima en la cantidad de 550 euros por las lesiones causadas y los días empleados en su curación.

Los hechos tuvieron lugar en junio de 2012, cuando el procesado se acercó al lugar donde el denunciante tenía sus pertenencias, se apoderó del teléfono móvil y salió huyendo. La víctima se dio cuenta, lo persiguió y lo alcanzó, momento en el que el acusado empezó a golpearle con una piedra y a darle mordidas. La víctima logró así recuperar el móvil, mientras que el ladrón salió huyendo y fue interceptado por usuarios de la playa.

Un año y medio después del delito, el denunciante dio positivo en la prueba pertinente

Un año y medio después el denunciante dio positivo en la prueba del sida, enfermedad que el procesado confesó que padecía en el mismo momento de su detención. Sin embargo, la Audiencia no cree que se haya podido acreditar que el contagio sea consecuencia de la pelea.

Y ello es así en cuanto que la carga viral del condenado es indetectable y por lo tanto no se puede comprobar si los virus tienen la misma cepa. De hecho, los peritos declararon durante la vista oral que el riesgo de contagio es menor al 0,05%, a lo que se une que las mordidas fueron superficiales, que los primeros análisis dieron negativo y que la víctima reconoció que hay un 10% de posibilidades de que después haya estado en situación de riesgo. La acusación particular pedía tres años de cárcel y 100.000 euros de indemnización.