El Tribunal Supremo (TS) ratificó la condena de ocho años y medio de prisión a José Antonio S.M. por el intento de homicidio a su exmarido, Jonathan P.C. con el agravante de parentesco y el atenuante de confesión. Además, deberá indemnizar a la víctima con 5.623 euros por los días que pasó curando sus heridas, otros 13.500 por el perjuicio estético causado y 4.000 más por daños morales infligidos. La sentencia de la Audiencia Provincial de Tenerife, ahora confirmada, obliga a pagar al Servicio Canario de Salud (SCS) casi 20.000 euros por los gastos derivados de la atención prestada. Se imponen otras penas accesorias como una orden de alejamiento de medio kilómetro durante 19 años.

Los hechos se remontan al 20 de junio de 2015, fecha que coincidía con el aniversario de su boda, cuando el recurrente se trasladó a La Gomera, donde residía su expareja, y lo visitó en su lugar de trabajo para llevarle un álbum de fotografías y las alianzas, entre otros efectos personales. Finalmente, quedaron para verse más tarde a fin de que la víctima le aclarara los motivos por los que habían roto su relación. Tras intentar contactar telefónicamente en varias ocasiones, lo esperó en las proximidades del lugar de trabajo y le asestó cinco cuchilladas, con un arma de 7,5 centímetros, alguna de ellas de gravedad.

A pesar de los argumentos esgrimidos por el recurrente ante el Supremo de que no existió intención de hacer daño, el Tribunal afirma que el condenado actuó con conciencia del riesgo que causaba para la vida de la víctima. "Pese a ello ejecutó su acción y la conclusión es que estamos ante un delito de homicidio, al existir, al menos, dolo eventual". La Sala coincide con la sentencia recurrida en que hubo ánimo de matar, no solo por el daño de las heridas, sino porque en ningún momento el agresor mostró su intención de atender al agredido.