El Tribunal Supremo (TS) ha absuelto a un trabajador del Catastro de Tenerife acusado de un supuesto delito contra la libertad informática por utilizar datos de su exesposa en poder de este organismo en un procedimiento judicial de separación. El Supremo viene así a ratificar un fallo anterior de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife que se pronunciaba en el mismo sentido y consideraba que el trabajador no había incumplido ley alguna.

La denuncia surge tras haberse comprobado que el 13 de noviembre de 2014 a las 14:56 horas el acusado hizo uso de su perfil de usuario con el que contaba en la sede electrónica del Catastro para buscar en la base datos de bienes inmuebles de los que era propietaria su expareja. Esta búsqueda, sin embargo, tal y como pudo comprobarse luego, en realidad se correspondía a una orden de trabajo para proceder a la revisión de los expedientes de la agencia.

No obstante, el funcionario, sin consentimiento de su anterior compañera sentimental, fotocopió la documentación disponible relativa al nombre y apellidos, referencias catastrales y valores de las fincas. A partir de aquí estos datos fueron aportados como prueba en un procedimiento de modificación de medidas de divorcio.

El acusado conocía previamente las referencias identificativas y las fincas de las que era dueña, después de haber estado varios años casados y las que había heredado tras el fallecimiento de sus padres. Por ello, la Audiencia en su momento determinó que no se había producido ningún perjuicio a la denunciante, lo que es considerado un requisito esencial para certificar este tipo delictivo.

La exesposa optó por presentar un recurso ante el Supremo al considerar acreditado que su expareja había accedido, apoderado y utilizado sus datos personales, sin su consentimiento y además los aportó en el proceso judicial para llevar a cabo la modificación de las medidas del divorcio. La Audiencia falló que nunca se pudo demostrar que el encartado fuera la persona que finalmente agotó el acceso mediante la obtención de documentos que figuraban en el fichero electrónico, sino que lo hizo después de recibir la correspondiente orden. El procesado indicó que cuando se dio cuenta de que una de las personas a revisar era su exesposa decidió suspender la actuación y ponerlo en conocimiento de su superior.

Entonces fue su jefe quien asumió el procedimiento y siguió trabajando en su ordenador y sólo posteriormente accedió al expediente realizado por el mismo, copiando los datos catastrales que presentó como prueba en el proceso judicial. Una declaración que fue ratificada por su superior, aunque la denunciante sostiene que no hay prueba alguna que así lo demuestre.

Una versión sin credibilidad

La mujer denunciante consideró que la versión de su exmarido carecía de credibilidad ya que resultaba "absolutamente irracional y falto de todo sentido apartarse de la llevanza de un expediente de forma tan escrupulosa para después, sin cerrar la sesión, permitir que un tercero haciendo uso de su certificado digital, personal e instransferible continuara realizando las gestiones desde el perfil del acusado".