Dos años y medio de cárcel por el delito de homicidio, otros dos por tenencia ilícita de armas y una indemnización de 20.000 euros son las penas que la Audiencia Provincial ha impuesto a Jacinto S. M., de 83 años, después de que un jurado lo declarara culpable de homicidio atenuado con la eximente incompleta de legítima defensa. En realidad se trata de las penas mínimas que permite la legislación para este tipo de delitos.

Para evitar su entrada en prisión el veredicto abrió la puerta a la petición de indulto, que se tenga en cuenta su edad y la posibilidad de proceder a la suspensión de la pena, lo que ocurrirá con la segunda de las condenas. La indemnización fijada también está muy por debajo de los 77.000 euros reclamados por la acusación particular formada por los familiares del joven que recibió un disparo mortal cuando entró en la casa del anciano para robar. Pero, además, al acusado todavía le queda la posibilidad de recurrir el fallo ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) y el Tribunal Supremo (TS).

Nada más conocer la sentencia, el procesado indicó que está tranquilo y que confía plenamente en su abogado. El letrado defensor, Avelino Míguez, y Jacinto S.M. se mostraron seguros de que el octogenario no entrará en prisión y de que todavía quedan muchas vías abiertas, como las apelaciones a las distintas instancias y la petición de indulto. Míguez comentó que "tan solo con que este sea parcial bastaría para que la condena se viera rebajada en seis meses la pena por homicidio y, por tanto, no entraría en la cárcel". El abogado apuntó que el magistrado se ha movido dentro de lo que permite la legislación para intentar reducir las penas lo máximo posible". El 1 de marzo de 2015, el fallecido y un menor asaltaron una finca de Arafo y atacaron a Jacinto y a su mujer para que les dieran el dinero que supuestamente tenían guardado. El ahora acusado entró en una habitación y sacó una pistola que carecía de licencia y lanzó dos disparos, uno de los cuales causó la muerte del asaltante.

El jurado determinó que, aunque actuó en defensa propia, también existían otras alternativas para impedir el riesgo real. La acusación particular pidió dos años y medio de cárcel por homicidio y solo uno por tenencia ilícita de armas, mientras que la defensa ya planteó que sería muy difícil que el anciano se pudiera librar de la cárcel por el primer delito. Y es que en este caso la pena mínima legal se sitúa en los dos años y medio impuestos ahora. En cuanto a la tenencia ilícita se tuvo en cuenta a la hora de fijar la pena la confesión y colaboración prestada a los agentes, por lo que también se impone la más baja dentro del marco legal. En este caso sí se suspende su entrada en prisión, como pidió el jurado, siempre y cuando el procesado no cometa otro delito en el plazo de tres años. Además, se opta por no sumar ambas penas, ya que los dos delitos podían haber sido enjuiciados por separado. La indemnización fue fijada tras considerarse probado que la víctima efectuó una acción agresora que supuso la invasión del domicilio del acusado y su esposa. La defensa llegó a ofrecer a la acusación particular 33.000 euros si retiraba la denuncia.