La Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ratificó la condena de ocho años de cárcel a Pedro Antonio G.O. por intentar atropellar a su exmujer cuando esta atravesaba un paso de cebra en la avenida San Borondón de Fañabé, en Adeje. La pena fue impuesta en su momento por la Audiencia Provincial como autor de una tentativa de homicidio con el agravante de parentesco, a lo que se suma el quebrantamiento en varias ocasiones de la obligación cautelar de mantenerse alejado de su expareja. También se ratifica que durante 10 años después de salir de prisión no podrá acercarse ni comunicarse con la víctima y permanecerá bajo libertad vigilada. El intento de atropello tuvo lugar el 25 de mayo de 2016, cuando aún estaba vigente la orden de alejamiento. El condenado llevó a su hijo a Fañabé y observó el coche de su exmujer. Estacionó el suyo y esperó hasta que la víctima saliera de la casa de unos amigos. Justo cuando atravesaba un paso de peatones, el condenado arrancó y aceleró su coche hasta alcanzar bastante velocidad y lo dirigió contra ella con la intención de atropellarla. La mujer pudo evitarlo al saltar a la acera y también gracias a que un poste de alumbrado evitó que fuera arrollada. La Sala entiende que al embestir de esta manera, el acusado "necesariamente" tenía que saber que podía causar un grave daño a su exesposa o incluso provocarle la muerte.

En el recurso presentado ante el TSJC se intentaba desmontar la sentencia al resaltar las supuestas contradicciones o imprecisiones en los testimonios prestados por dos de los testigos. Pero la Sala estima que se trata de "defectos sin relevancia al ser detalles accesorios o circunstancias marginales", tales como la hora exacta del incidente o posición del vehículo antes de reanudar la marcha, entre otros aspectos. Los abogados de la defensa recordaron que algunos testigos pensaron que los hechos no pasaban de una broma. La Sala entiende que la intervención del procesado haciendo uso del conocido como turno a la última palabra, por el contrario, viene a significar una confesión de que su intención era hacerle daño a su expareja.

El condenado permanece desde mayo de 2016 en prisión preventiva. Dos médicos forenses descartaron que presente algún tipo de padecimiento físico o psíquico que justifique el suceso. La Fiscalía consideró que el exmarido nunca llegó a asumir la separación de la víctima.