La Audiencia de Burgos ha condenado a José Tomás V.M. a 25 años de prisión por el asesinato de su exmujer, con las circunstancias agravantes de género y parentesco, cometido al asestar dos cuchilladas en el tórax a la víctima la madrugada del 17 de julio de 2016 en Aranda de Duero (Burgos).

La sentencia, que establece también la comisión de un delito de allanamiento de morada por el que impone seis meses de prisión, fija para el acusado la prohibición de residir en Aranda de Duero y comunicarse o acercase a menos de 500 metros de sus hijos y la madre y las hermanas de la víctima durante 35 años.

La resolución judicial, facilitada hoy por fuentes del TSJCyL, se basa en el veredicto del jurado popular que deliberó sobre el caso el pasado abril y que consideró demostrado el "ánimo de matar" por parte del acusado, ya que las dos puñaladas que recibió la víctima en el tórax, una mortal de necesidad, fueron asestadas "con fuerza" y "voluntad" de obtener ese resultado.

La versión ofrecida por José Tomás V.M., de 57 años, no resultó "creíble" y fue considerada "endeble" por el jurado popular, que rechazó que el acusado actuase en legítima defensa, pues su actitud fue en todo momento agresiva y no defensiva.

La víctima era la única que presentaba heridas defensivas en las manos, mientras que las tres heridas del agresor fueron consideradas por los forenses autolesiones como la explicación más probable.

Además, el ahora condenado llegó a tapar la boca de la mujer para evitar que pidiese auxilio.

A todo ello se sumó, para el veredicto de culpabilidad, el estado de tranquilidad y serenidad que presentaba el exmarido de la víctima ante la llegada de la policía al domicilio familiar, descrito por los agentes y la forense que lo examinó.

Como hechos probados también figura en la sentencia una relación de sumisión o de obediencia de la víctima a su exmarido y no al contrario como él declaró en la vista oral.

La condena de 25 años de prisión por un delito de asesinato, al considerar que hubo alevosía, con los agravantes de parentesco y género, supone la pena mayor solicitada por las acusaciones particular y popular, mientras la Fiscalía pedía 20 años.

La defensa había reclamado la libre absolución o, de forma alternativa, cuatro años de prisión por un delito de homicidio por imprudencia, si bien el veredicto del jurado descarta que la muerte fuese accidental y afirma que el acusado sabía lo que estaba haciendo en todo momento.

La sentencia recoge también indemnizaciones por responsabilidad civil para los hijos de la pareja, que se calculan en 112.080 y 94.350 euros, para el hijo y la hija, respectivamente.

También establece una indemnización de 63.125 euros para la madre de la víctima y otra de 23.100 euros para cada una de sus cuatro hermanas.