p> El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado de manera íntegra la sentencia de la Sección Tercera de la Audiencia de Jaén en la que se condenaba a un vecino de Valdepeñas de Jaén condenado a penas que suman 29 años y medio de cárcel por, entre otros delitos, maltratar y violar a su mujer y dos hijas cuando estas eran menores de edad, en concreto con cuatro y ocho años.

El condenado se encuentra en prisión desde el pasado 26 de febrero cuando lo decretó la Audiencia de Jaén por petición de las acusaciones particulares. Desde entonces se estaba a la espera del pronunciamiento del TS acerca del recurso de casación interpuesto por la defensa esgrimiendo infracción de ley, algo que rechaza el Supremo.

El Supremo concluye en su resolución a la que ha tenido acceso Europa Press que la condena de la Audiencia de Jaén "se asienta en prueba de cargo suficiente y rectamente valorada, razón por la que el recurso debe ser íntegramente desestimado". Una vez desestimado, el Supremo condena al recurrente al pago de las costas procesales causadas por la interposición del recurso.

La sentencia de la Audiencia de Jaén, ahora confirmada en todos sus extremos, establecía penas de cárcel por tres delitos de agresión sexual, uno de ellos continuado; tres delitos de malos tratos; un delito de amenazas; y dos delitos de quebrantamiento de condena. Además, establecía el pago de indemnizaciones por valor de 120.000 euros, y medidas accesorias que suman otros 41 años de prohibición de alejamiento y comunicación, así como de entrar, permanecer o acudir a la localidad de Valdepeñas de Jaén.

Aunque durante el juicio celebrado en febrero de este año, F.M.M. negó todos los hechos y se defendió diciendo que todo era "mentira, el tribunal recogía en la sentencia, de 50 páginas, que "hay suficiente prueba para formar una convicción judicial respecto de la autoría por parte del acusado en cuanto a los hechos denunciados". El tribunal reconoce el peso y la veracidad del testimonio de la madre que relató los 13 años de convivencia con el acusado como un tiempo repleto de "insultos, empujones, amenazas y golpes".

Este hombre se enfrentaba inicialmente a una petición de cárcel de 35 años y medio tras ser acusado por el Ministerio Fiscal de hasta 12 delitos. Finalmente la condena ha sido por nueve delitos, mientras que se le absuelve de un delito de malos tratos habituales y de otro de quebrantamiento de condena.

"Nunca he forzado a mi mujer a tener sexo", dijo F.M.M. durante el juicio, al tiempo que insistió en que era "incierto" que él hubiera tenido algún contacto de tipo sexual con las dos niñas, pese a que en el juzgado de Instrucción sí reconoció haber abusado de su hijastra.

La mujer declaró ante el tribunal que los malos tratos comenzaron desde "el mismo día de la boda". Describió sus años de convivencia como episodios "continuos" de amenazas, insultos y golpes, incluidos momentos en los que "accedí a tener sexo con él para que no violara a mi hija o les hiciera daño".

Apuntó que ella, procedente de un país extranjero, no denunció antes porque estaba "muy sola", no conocía el idioma y además, él "controlaba y vigilaba todo lo que hacía". Señaló de forma repetida que fue "el miedo" lo que la paralizaba a actuar, pero finalmente dio el paso de denunciar cuando su hija pequeña a través de un dibujo le dijo que su padre había abusado también de ella.

Los hechos juzgados y confirmados por el Supremo se remontan a los 13 años que duró el matrimonio con su entonces mujer y con la que tiene una hija en común, actualmente de 12 años. También afectan a su hijastra, que convivió con ellos en el domicilio del matrimonio mientras estuvieron casados.

La sentencia de la Audiencia de Jaén recogía como hechos probados que F.M.M. es "muy impulsivo, celoso y cambia de carácter con facilidad". Con este marco, la convivencia estuvo marcada por "amenazas, insultos y agresiones físicas" tanto a su pareja como a su hijastra e hija.

Relataba que a su hijastra, desde que tenía ocho años y hasta los nueve años, la sometió a diversos tocamientos íntimos e incluso la obligó a practicarle una felación. De hecho, la madre sorprendió al acusado abusando de la niña, lo que provocó en la madre "un ataque de ansiedad" del que fue asistida en un centro médico.

También recogía que a su hija la sometió a diversos tocamientos e incluso a una felación cuando la niña tenía cuatro años, al igual que a su mujer que denunció haber sido obligada a mantener sexo con el acusado en contra de su voluntad, aunque accedió en más de una ocasión para "proteger a mis hijas".

Por todos estos hechos, sobre el acusado pesa desde abril de 2015 una prohibición de acercarse a menos de 200 metros y de comunicarse con alguna de las tres. Por eso se le condenó también por quebrantar de manera esta prohibición.

El tribunal a la hora de dictar la sentencia condenatoria tuvo también en cuenta las declaraciones de los peritos y de la orientadora del centro escolar en el que estudiaba la hija mayor a la que confesó haber sido víctima de abusos sexuales por parte de su padrastro y a la que pidió ayuda para que no le ocurriera lo mismo a su hermana.

La orientadora declaró en el juicio que la menor era una joven "brillante" en los estudios, "muy responsable" y a la que creyó "desde el primer momento". El centro escolar activó el protocolo para estos casos, aunque a la misma par, la madre dio el paso y presentó la correspondiente denuncia, que ahora ha terminado en sentencia condenatoria.