El 19 de octubre de 2007 el abogado o técnico redactor Pedro Fernández Arcila firma el documento denominado "Alegaciones al Plan Territorial Especial de Ordenación de Residuos (Pteor)", que fue remitido ese mismo día por el Ayuntamiento de Granadilla de Abona (Registro de Salida número 36.415) al Cabildo (Registro de Entrada número 109.028, de 20 de octubre).

Este documento formaría parte de los documentos contratados por el gobierno municipal de Granadilla de Abona del periodo 2003-2011 (formado por CC, PP y SsP) a través de la "Asistencia técnica para la realización de informes jurídicos para distintas áreas del ayuntamiento".

De dicha documentación no hay constancia en el Ayuntamiento granadillero, según el informe técnico elaborado al efecto, y el abogado y miembro de SsP, Pedro Fernández Arcila, cobró 12.000 euros (1.800 de impuestos) por ellos.

De hecho, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Granadilla de Abona tiene abiertas diligencias previas por los presuntos delitos de malversación de caudales públicos y falsedad en documento oficial citando, en calidad de imputados, a Pedro Fernández Arcila, actual concejal y candidato a la Alcaldía del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife por Sí se Puede (SsP), así como a José Luis Fernández Fuarros, secretario general de la dicha formación política en el municipio granadillero.

El documento de alegaciones al Pteor que firma el propio Fernández Arcila cuenta con el sello de la Concejalía de Cultura, Agricultura y Pesca, Medioambiente, Consumo Responsable y Patrimonio, cuyo concejal en el momento de la contratación del servicio era el único de Sí se Puede en el consistorio, Antonio Cabrera.

Las alegaciones que suscribió Fernández Arcila se centran, sobre todo, en aportar argumentos contrarios al emplazamiento pretendido para la incineradora de residuos, o sea, "en el ámbito del Plan Especial de Ordenación del Parque de Actividad Unelco-Disa", con una superficie de 172.185 metros cuadrados. O sea, en suelo del Polígono Industrial de Granadilla de Abona, cuando el PIOT establece que todo lo relacionado con residuos debe emplazarse en Arico.