El pleno del Ayuntamiento de Guía de Isora aprobó, por unanimidad, una propuesta de la Alcaldía para instar al Ministerio de Justicia a que adopte las medidas que permitan la inhumación o incineración del cuerpo de los fallecidos desde que se expida por el registro civil la licencia oportuna, sin tener que esperar las 24 horas preceptivas tras el fallecimiento.

El acuerdo será trasladado también a la Federación Canaria de Municipios (Fecam) y a la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) con la intención de que el resto de municipios de Canarias y de España se adhieran a la propuesta.

El requisito del plazo de 24 horas hasta la inhumación se recoge en el artículo 83 de la Ley del Registro Civil, de 8 de junio de 1957 y continúa vigente en la actualidad. Para el alcalde de Guía de Isora, el socialista Pedro Martín, "esta medida, que tenía su justificación hace más de cincuenta años, cuando los avances tecnológicos no permitían establecer con precisión la muerte, no tiene sentido en el momento actual, ya que hoy contamos con los medios suficientes para determinar cuándo existe muerte cerebral efectiva."

Suprimir el requisito del plazo supone una serie de beneficios tanto para los familiares como para las administraciones. Martín indica que "la ventaja más importante es todo lo que supone para los familiares finalizar lo antes posible este duro proceso de despedida de un ser querido", a lo que se suma el agotamiento físico y psicológico producido por la fase de atención previa al familiar en todo el proceso de su enfermedad.

El alcalde isorano, Pedro Martín, apunta que "todas estas razones son más que suficientes para atender la demanda de muchos ciudadanos".