Los vecinos de Bajo la Cuesta recibieron ayer una notificación a través de la que el Ayuntamiento de Candelaria les comunica "el decreto por el que se desestima el recurso de reposición que había interpuesto el representante legal de la asociación de vecinos de Bajo La Cuesta y se continúa con el desarrollo del procedimiento de la orden de desalojo iniciada en su momento", según la información facilitada por el propio equipo gobernante.

De esta forma, PSOE-CC exponen explícitamente que acudirán al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo para solicitar la autorización preceptiva de entrada en los domicilios de los afectados "para la ejecución forzosa del desalojo provisional acordado el 16 de octubre", teniendo en cuenta que los vecinos no abandonaron sus casas durante el periodo que tenían para hacerlo. De hecho, han manifestado en reiteradas ocasiones que no se marcharán.

La instructora del expediente argumenta que el recurso de reposición de la empresa propietaria del talud que, al parecer, supone un peligro para el barrio, no forma parte de este expediente, aunque añade en un segundo punto que les fue notificado a los vecinos con posterioridad al recurso que estos presentaron.

Otro argumento para rechazar las peticiones de los afectados es que el plazo de cinco días otorgado para el desalojo voluntario está vinculado a "la situación de peligro" advertida en cuatro informes, no a la ejecución de los trabajos de reparación del talud.

Mientras los vecinos argumentaron la inexistencia de los riesgos expresados en los informes, la instructora del expediente municipal señala, tras asegurar que "causa bastante asombro este motivo de impugnación", que el propio técnico vecinal concluyó "que existe riesgo de caída de piedras sueltas".

Asimismo, la técnico municipal rechaza la argumentación del representante legal de los vecinos en su recurso de reposición sobre la caducidad del propio expediente.

José Ortega, letrado de los afectados, expuso en el recurso de reposición que el desalojo "produciría el éxodo de más de 50 familias con sus enseres y esta auténtica deportación masiva debido a su carácter indefinido y eventualmente permanente no se limita a las personas sino también a los enseres personales y a los muebles. En caso de estimarse el recurso, el ayuntamiento tendría que hacer frente a elevadas indemnizaciones relativas a los servicios de mudanzas, lo que es contrario a los intereses generales".

La instructora aclara en su expediente que, en la actualidad, la compañía eléctrica propietaria parcial del talud ha aportado un proyecto de ejecución a realizar en el plazo de 12 semanas.