El Consejo de Gobierno de Canarias aprobó ayer las ayudas de 650 euros y de carácter excepcional para el alquiler de viviendas a las personas afectadas por el derrumbe que tuvo lugar el pasado 14 de abril en el edificio Julián José, de Los Cristianos. De ellas se pueden beneficiar los vecinos cuyas viviendas constituían su domicilio permanente, efectivo y continuado, ya sean propietarios, usufructuarios o arrendatarios, quedando excluidas las segundas residencias. El periodo máximo de la ayuda quedó establecido en seis meses.

La vicepresidenta del Gobierno canario, Patricia Hernández, había anunciado la aprobación urgente de esta línea de ayudas durante una visita a Los Cristianos.

La Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda concede estas ayudas, de hasta un importe máximo de 650 euros mensuales por solicitante, previo informe justificativo del Ayuntamiento de Arona en el que se determinarán las personas afectadas.

El edificio Julián José era un bloque de cuatro plantas con 24 viviendas y cuatro locales comerciales, de los cuales 10 apartamentos estaban deshabitados, 12 alquilados y en dos vivían sus propietarios, constituyendo su residencia habitual.

Las personas afectadas podrán presentar la solicitud para acogerse a las ayudas de alquiler en el registro del Ayuntamiento de Arona o en cualquiera de las dependencias o formas previstas en el Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. También podrá presentarse telemáticamente, a través del registro electrónico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias (http://www.gobcan.es/registroelectronico).

El plazo de presentación de la solicitud será de 15 días a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación del Decreto en el Boletín Oficial de Canarias (BOC), sin perjuicio de que pueda ampliarse por orden de la consejera de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda.

El pago de las ayudas de alquiler se abonará por trimestres anticipados. El beneficiario deberá justificar las cantidades mediante la presentación de los recibos de alquiler correspondientes a cada trimestre de manera inmediata al vencimiento del correspondiente trimestre.

Las ayudas establecidas en el Decreto que aprobó ayer el Consejo de Gobierno se concederán de forma directa, al acreditarse razones de interés público, social y humanitario derivado de las excepcionales circunstancias que han motivado la concesión de estas ayudas.