La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife rechazó el recurso de reforma y de apelación interpuesto por Álvaro Arbelo, exconcejal del Ayuntamiento de Arico, contra el auto del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Granadilla de Abona (emitido el 20 de agosto de 2015) en el que el juez José Pablo Carrera le imputó siete presuntos delitos de fraude y un supuesto delito continuado de cohecho. Con su decisión, la Audiencia ordena que continúe el trámite de la causa como procedimiento abreviado.

Los hechos objeto de la investigación judicial se produjeron en los años 2010 y 2011, iniciándose en un mandato y concluyendo en el otro. En el primero, CC gobernó en solitario con Eladio Morales como alcalde, a quien el juez no imputa delito alguno porque, "según parece, las decisiones en este ámbito correspondían al concejal de Obras, el señor Arbelo". Consecuentemente, su señoría procedió en primera instancia al sobreseimiento provisional y archivo de las actuaciones contra Morales y otras tres personas investigadas.

Pero todo empezó en 2012, cuando la Policía Judicial de la Guardia Civil investigó un caso de estafas inmobiliarias detectando que un empresario de origen hindú detenido en la citada operación (Matta) recibió diferentes adjudicaciones para la realización de obras por parte del Ayuntamiento de Arico. De hecho, en el auto en el que se planteaba la posibilidad de abrir juicio oral, el juez indicó que "resultan indicios suficientes para entender que ha existido una actuación concertada entre Álvaro Arbelo González, Prashantt Matta y Giancarlo Pierleoni, al fin de favorecer al segundo, adjudicando a Construcciones, Reformas y Limpieza Mata diversas obras licitadas por el ayuntamiento".

Según la documentación analizada por la Guardia Civil entonces, se detectó que el citado empresario concurría con su empresa a los procedimientos de adjudicación, pero supuestamente controlaba a las otras sociedades que eran invitadas a concurrir que, o bien ofrecían una cantidad más elevada que la máxima establecida por el consistorio o bien no llegaban a presentar propuesta económica alguna.

La Audiencia Provincial estima que se puede considerar el supuesto delito de fraude especial atribuido por el juez de Primera Instancia debido a "la existencia de indicios suficientes de un concierto entre los imputados Álvaro Arbelo, Prashant Matta y Giancarlo Pierleoni".

Cohecho continuado

La Audiencia Provincial también respalda la tesis del cohecho continuado porque uno de los investigados, Pierleoni, declaró ante la policía haber presenciado entregas económicas de Matta al concejal Arbelo; porque hay ingresos por un importe global de 52.226,50 euros de origen injustificado en cuentas del entorno familiar y por documentos recabados al empresario.

Entre uno y tres años

Álvaro Arbelo se enfrenta a penas de prisión que oscilan de una a tres años y de inhabilitación para empleo o cargo público por entre seis y diez años.