El Juzgado de lo Social número 4 de Santa Cruz de Tenerife declaró la nulidad del despido realizado por el Ayuntamiento de Guía de Isora de una agente de desarrollo local, por considerar que vulnera el derecho a la indemnidad de la trabajadora, o sea, que ningún trabajador puede verse perjudicado por el hecho de entablar una reclamación contra su empleador, según el Tribunal Constitucional (TC). Esta empleada había interpuesto con anterioridad una denuncia solicitando que se le reconociera su derecho a ser considerada trabajadora indefinida.

Cesada el 31 de diciembre de 2015 por la supuesta finalización del último de los contratos temporales que desde el año 2005 había suscrito con la Corporación local, en julio de 2015 solicitó judicialmente la declaración de fijeza en su puesto de trabajo. La trabajadora consideró que el gobierno municipal prescindió de ella como represalia por interponer la reclamación judicial.

Según la sentencia, para intentar dar la apariencia de legalidad al cese de la empleada, el Ayuntamiento de Guía de Isora había invocado la inexistencia de represalia alguna, argumentando que simplemente no se le había renovado el contrato habida cuenta de que el perfil del puesto de trabajo había cambiado (pasaba de precisar un economista a necesitar de un trabajador social), que era necesario cubrir la plaza a tiempo completo y no de manera parcial y, por último, que la subvención por la que se sufragaba el puesto de trabajo fue otorgada por el Servicio Canario de Empleo (SCE) en abril de 2016, por lo que durante los tres primeros meses no era posible mantener el puesto de trabajo que ella ocupaba.

Frente a tales argumentos, el juez consideró que lo expuesto por el ayuntamiento carecía de toda lógica, explicando que el perfil adecuado para cubrir el puesto de trabajo (dadas las funciones a realizar) seguía siendo el de economista, que la propia resolución que convocaba la subvención en cuestión preveía su carácter retroactivo a 1 de enero y que esa misma resolución permitía las contrataciones a tiempo parcial.

Por ello, el juez procedió a declarar la nulidad del despido y a condenar al Ayuntamiento de Guía de Isora a readmitir, con carácter inmediato, a la empleada en su puesto de trabajo.