El juzgado de lo contencioso administrativo número 1 de Santa Cruz de Tenerife ha declarado de plena ejecución el decreto del Ayuntamiento de Candelaria por el que ordena el cese inmediato de los vertidos de aguas residuales de origen industrial a la red municipal de saneamiento.

El tribunal deja sin efecto la medida cautelar adoptada el pasado 27 de julio que suspendía, tras la demanda de una empresa, la vigencia del decreto y subraya su plena ejecutividad para garantizar la salud pública, el medio ambiente y el cumplimiento de la normativa comunitaria.

El recurrente pretendía con este incidente cautelar dejar en suspenso la ejecución de la orden municipal, que acordó el cese inmediato de los vertidos ilegales de aguas residuales de origen industrial a la red municipal de saneamiento mediante el cierre del desagüe que conecta las instalaciones de cada una de las empresas incumplidoras con la red pública de saneamiento.

El auto conocido hoy aclara que ni el transcurso del tiempo, ni el pago de tributos, tasas o impuestos ni la tolerancia municipal implican acto tácito de otorgamiento de licencia y asevera que la actividad ejercida sin licencia se entiende como "clandestina e irregular" y la autoridad municipal puede paralizar la actividad en cualquier momento.

Agrega que no se ha producido adquisición de derecho alguno por parte del recurrente ni puede entender que la actividad municipal se aparte de lo establecido en el ordenamiento jurídico, ni que tenga carácter discrecional o se aparte del principio de buena fe.

El auto señala que lo más relevante a los efectos del recurso es que la actividad paralizada se desarrolla sin licencia de actividad que debió preceder a la puesta en marcha del negocio.

El auto puede ser recurrido en un solo efecto ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias.