El caso Bufadero y de la nueva base de contenedores de la Dársena del Este del puerto santacrucero, lejos de diluirse, se ha visto reimpulsado recientemente con la petición por parte de la Fiscalía provincial al juzgado de instrucción número 1 de que declaren como testigos dos técnicos de la Gerencia de Urbanismo de la ciudad. Esta petición, del pasado 12 de junio, se une a otras declaraciones ya tomadas y surge tras la denuncia de la Fiscalía de abril de 2011 por un presunto delito contra la ordenación del territorio.

La denuncia del fiscal se fundamentó en otra presentada previamente por el portavoz de SSP, Pedro Arcila, y por vecinos del barrio de María Jiménez desde el año 2007. La Fiscalía considera probado que las fases I y II de las obras realizadas en el proyecto de nueva base de contenedores de la Dársena del Este (unos 50.000 metros cuadrados) y de canalización del barranco de El Bufadero no estaban contempladas en el único documento que podía permitirlas, el Plan Especial de Ordenación del Espacio Portuario de Santa cruz, aprobado por acuerdo plenario del Ayuntamiento capitalino el 14 de junio de 1995.

Por este motivo, el fiscal ya tomó declaración como testigo al entonces subdirector general de Planificación Territorial de la Gerencia urbanística, Epifanio Gómez Sánchez. Sin embargo, la documentación con la que se cuenta indicaque los técnicos que se encargaron de emitir los respectivos informes sobre los trabajos y su adecuación a la normativa (el citado Plan Especial del Puerto, el PGO y el documento de revisión del planeamiento general) fueron Elías Medina y Carlos Bernal, ambos de la dirección técnica de Política Territorial de la Gerencia.

Las denuncias que originaron esta instrucción aseguran que se trata de una construcción "no autorizada en dominio público hidráulico al no estar contempladas en el Plan Especial de Ordenación del Puerto, lo que contraviene el artículo 19 de la Ley de Puertos del Estado y Marina Mercante". Asimismo, se censuraba que el proyecto no analizó las repercusiones que tendría la cubrición del tramo del barranco de El Bufadero en su función natural: la de servir de desagüe hacia el mar del agua de lluvia y de los materiales o acarreos que ocasiona el arrastre de esas aguas. En este sentido, se alertaba de los riesgos para las zonas residenciales y se critica que esto no se tenga en cuenta en la Declaración de Impacto Ambiental o que lo omita el Consejo Insular de Aguas del Cabildo.

La Fiscalía hace suya la parte de la denuncia de SSP en la que lamenta que dicho consejo solo se refiera a las limitaciones al paso de acarreos al interior del encauzamiento, pero que no atienda a las retenciones en el área residencial.

"Temeridad"

Esta denuncia se sumó al escrito presentado por la Comisión Negociadora de María Jiménez, que ya advierte de la "temeridad que supone la ampliación del puerto, obstruyendo la libre desembocadura del barranco y por haberse informado favorablemente pese al posible riesgo de desbordamiento en la zona urbana".

El Fiscal sostiene también en su denuncia del año pasado que la autorización "se otorga en precario y sin perjuicio de los permisos necesarios a recabar en materia de carreteras y de cumplir las prescripciones de tipo urbanístico que sean de competencia municipal".

También destaca que los cuatro proyectos que promovió la Autoridad Portuaria para hacer realidad estos trabajos los aprobó el entonces director de dicha entidad, Marcos Hernández Acosta. Además, la Gerencia de Urbanismo informó de que las obras excedían del ámbito que el Plan Especial del Puerto califica como "almacenamiento mixto en explanada y depósito y área de dotaciones y servicios portuarios".