Desde el mar hasta la cumbre, Tenerife brinda un sinfín de posibilidades para disfrutar del ocio en plena naturaleza. Precisamente, el Cabildo gestiona hasta trece áreas de acampada (gratuitas) y tres campamentos (de pago) en diferentes zonas de monte que representan una alternativa para quienes prefieren esta opción a la tradicional oferta de sol y playa.

Las trece áreas de acampada son: Arenas Negras (Garachico); Chío (Guía de Isora): El Lagar y Las Hayas (Icod de Los Vinos); Fuente del Llano (Arico); Fuente de Pedro y La Tahona (San Juan de la Rambla); La Caldera y Ramón el Caminero (La Orotava); Las Lajas (Vilaflor); Las Raíces (El Rosario); Los Pedregales (Buenavista) y San José de los Llanos (EL Tanque).

Las autorizaciones para el uso de esta áreas se pueden realizar a través de la página web del Cabildo (tenerife.es) y llamando al teléfono 901.501.901, aunque las reservas no resultan significativas.

Y si bien se trata de áreas de acampada, no se trata de que cada cual campe a sus anchas. De ahí que se establezcan normas de uso.

En este sentido, la autorización permite la estancia en la zona de acampada desde la salida del sol del primer día señalado, hasta las 19:00 horas del último día.

En los grupos de más de 10 personas, la autorización solo es válida si el solicitante acude a la zona de acampada con la presencia efectiva de al menos el 80% de personas que constan en la autorización.

El uso de mobiliario plegable de pequeño tamaño (mesas, sillas, sombrillas, pequeñas tiendas de montaje rápido para proteger a los niños del sol, etc.) está permitido, siempre que no impidan o dificulten el tránsito de personas. No podrán instalarse otro tipo de dotaciones ajenas a la zona de acampada tales como hamacas, tumbonas, castillos hinchables, carpas, tirolinas, columpios, etc.

Únicamente podrá encenderse fuego para la preparación de alimentos, bien en los fogones habilitados para ello o bien mediante el uso de bombonas de gas.

En los fogones podrá utilizarse carbón o leña como únicas fuentes de combustión, que deberán ser aportados por el usuario. No obstante, si existiere disponibilidad, la Administración podrá proporcionar leña procedente de las labores de conservación de las masas forestales, únicamente para su uso en los fogones.

En la zona de acampada podrán usarse bombonas de gas de hasta 3 kg., que deberán instalarse en una superficie llana, desprovista de vegetación y de objetos cercanos. El uso de bombonas de más de 3 kg. sólo será posible en áreas recreativas que dispongan de un lugar expresamente habilitado y señalizado a tal fin, no pudiendo utilizarse bombonas de más de 13 Kg, ni barbacoas portátiles.

Los campamentos

Los grupos que utilizan los campamentos son, fundamentalmente, asociaciones de amigos, organizaciones religiosas, scouts y administraciones publicas. Lo cierto es que el procedimiento administrativo para solicitar la autorización no resulta fácil, razón por la que la mayoría se suele decantar por las zonas de acampada. Y es que la autorización para el uso de los campamentos (Barranco de La Arena, El Lagar y Madre del Agua) representa un inconveniente, sobre todo por la obligación de depositar una fianza de 200 euros y cumplir, además, con la presentación de seguros de responsabilidad civil y de accidentes. También se requiere la elaboración de un programa que debe incluir objetivos generales y específicos, una relación de actividades y su temporalización, con una detallada descripción.