Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha tumbado el decreto de 2013 de Servicios Públicos que limitaba el horario de la terraza de un local de la calle Clavel de Santa Cruz de Tenerife.

Dicho establecimiento de Clavel acudió a los tribunales para recurrir una decisión "arbitraria e ilegal", en palabras de su abogado Felipe Campos.

La sentencia considera que "el decreto impugnado limita la autorización para la ocupación del dominio público hasta las 24.00 horas, cuando al establecimiento le aplicaba el cierre a las 2.30 horas conforme al decreto 193/1998". En este sentido, reconoce que la limitación horaria de terrazas solo puede hacerse "a través de la ordenanza municipal" que podría "reducir los horarios contemplados en dicho decreto".

Aunque la ordenanza vigente en dicho momento aseguraba que el ayuntamiento podía anular la autorización de la terraza si "da lugar a perjuicios a terceros", también señalaba que había de aplicarse "el procedimiento sancionador".

"En el presente caso no se ha procedido conforme a la ordenanza", establece la sentencia del TSJC. De hecho, considera que se apela a "actas de la policía que sugieren como posibilidad la restricción de horario en el exterior" y que se invoca "la Ley 37/2003 de ruido" de forma genérica y sin referencia a ningún artículo. "Resulta absolutamente improcedente", reconoce el fallo.

De hecho, la sentencia recuerda que la ley del ruido sí reconoce que se pueden adoptar "medidas de corrección, seguridad y control [...], pero siempre referidas a su adopción dentro del ámbito de un expediente sancionador por vulneración de la licencia concedida, lo que no se ha producido".

Por tanto, el fallo revoca una sentencia en primera instancia que daba la razón al Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife "y anula el decreto impugnado" que limitaba el horario de la terraza de un local determinado de la calle Clavel. Además, aclara que "no cabe recurso".

Por otro lado, Felipe Campos, el letrado del local de ocio demandante, se mostró satisfecho de la resolución judicial y avanzó que están estudiando la posibilidad de solicitar daños y perjuicios al Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife por el tiempo que les han estado obligando a levantar la terraza dos horas antes.

Asimismo, Campos también mencionó que de esta sentencia se van a beneficiar el resto de locales de la vía a los que se les estaba imponiendo un horario diferente al de la ordenanza en vigor para levantar sus terrazas.