El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha denegado el derecho preferente a la explotación del servicio de hamacas y sombrillas de Las Teresitas al empresario que durante 25 años llevó a cabo esta actividad.

La resolución judicial desestima el recurso contencioso-administrativo interpuesto ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de TSJC con sede en Santa Cruz de Tenerife el 14 de noviembre de 2014 que reclamaba el derecho preferente a seguir con la ocupación.

La sentencia señala que el pago de impuestos municipales correspondientes a la actividad desarrollada en la playa no presupone el otorgamiento de autorización alguna para el uso especial de dominio público marítimo terrestre.

En todo caso, prosigue, las autorizaciones están sometidas a un plazo de vigencia, que con carácter general es el de un máximo de un año, salvo que la Ley de Costas específicamente contemple uno distinto.

En consecuencia, el demandante no ostenta ningún derecho preferente para seguir ocupando la zona de la playa en la que desarrollaba el servicio de hamacas y sombrillas.