El área de Medio Ambiente del Cabildo de Tenerife está preparando una ordenanza con la que pretende que se regulen determinados aspectos del manejo, manutención, así como de las condiciones de bienestar, relativas a los perros que se emplean en las actividades cinegéticas.

En una nota de prensa, la Corporación insular explicó que el objetivo de esta propuesta, que tiene previsto llevar al próximo Consejo Insular de Caza que tendrá lugar en abril, es aunar y aclarar los criterios existentes en otras normas de aplicación general, ya que España cuenta con hasta 17 legislaciones distintas en materia de protección animal, además de las diferentes ordenanzas municipales de cada ayuntamiento.

Aquí, el consejero insular de Sostenibilidad y Medio Ambiente, José Antonio Valbuena, aclaró que el Cabildo no es competente en materia de bienestar animal, que es una responsabilidad que corresponde a la Comunidad Autónoma y a cada ayuntamiento, a través de las ordenanzas municipales, "si bien desde el Cabildo se colabora y se lucha contra el maltrato animal y el abandono".

Valbuena explicó también que en años anteriores fueron expedidas hasta 13.000 licencias solo en Tenerife, "lo que pone de manifiesto la necesidad de regular, vigilar y adoptar medidas correctoras cuando se produzcan desviaciones del objetivo primordial, que es la práctica de esta actividad con responsabilidad en la gestión de la biodiversidad, la seguridad y el bienestar animal".

La Ley de Caza de Canarias recoge en su artículo 7, apartado 4, que "los cabildos insulares llevarán un registro y control de los perros de caza y promoverán la conservación y el fomento de las razas autóctonas por sí o en colaboración con las sociedades de cazadores".

Esta norma también hace referencia a las infracciones (artículo 49, apartado 23) como es el abandono de perros de caza, considerada como grave.