El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Santa Cruz de Tenerife ha desestimado el recurso que habían interpuesto los condenados en el caso del conocido como caso "mamotreto" -aparcamiento de la playa de Las Teresitas ya demolido-, contra la negativa del Ayuntamiento de Santa Cruz a modificar el planeamiento y evitar así parte de la demolición de la construcción en la playa capitalina.

Cabe recordar que los condenados por este caso son los exconcejales de la capital santacrucera Manuel Parejo y Norberto Plasencia, la extécnica de infraestructuras Loreto Ariz y el funcionario de Urbanismo Epifanio Gómez.

Los cuatro fueron condenados por el Juzgado de lo Penal número 5 de Santa Cruz de Tenerife, además de a distintas penas de prisión e inhabilitación por prevaricación y delitos contra la ordenación del territorio, a costear la demolición del edificio de aparcamientos que se construyó en la cabecera de la playa, pero el fallo en apelación de la Audiencia Provincial, si bien confirmó la condena, dejó abierta la posibilidad de que el consistorio de la capital pudiera legalizar parte de las obras ilícitas -y con ello evitara parte de la demolición- si se producía una modificación del planeamiento municipal.

Plasencia, Parejo, Ariz y Gómez pidieron al Ayuntamiento de Santa Cruz que llevasen a cabo estas modificaciones, y al recibir una respuesta negativa de la Corporación, en abril de 2016, acudieron a la jurisdicción Contencioso Administrativa, que ahora no solo ha desestimado el recurso, sino que les ha condenado en costas.

El fallo considera "paradójico" que "quienes han resultado ser condenados por delitos cometidos en el ejercicio de sus funciones públicas en el Ayuntamiento de Santa Cruz se alcen ante esta jurisdicción en defensa del patrimonio municipal".

"El patrimonio municipal ha de defenderse desde la legalidad vigente, lo que determina la obligación de los recurrentes de cumplir las condenas que les han sido impuestas, entre las cuales se encuentra la de que se demuela totalmente la edificación ilegal a costa de los condenados", entienden los magistrados, que añaden que "los recurrentes carecen de derecho subjetivo alguno a que el ayuntamiento suavice la condena de los recurrentes y fuerce la legalización de unas obras ilegalmente realizadas con conocimiento de su ilegalidad y con notable desprecio a la normativa vigente".

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo establece que la decisión de proceder o no a la legalización instada por los condenados es competencia del Ayuntamiento de Santa Cruz y no un "derecho subjetivo" de los condenados, y explica que al haber sido acordada en la vía penal, la cuestión corresponde al incidente de ejecución de aquel fallo. Y en este sentido, recuerda la autoridad judicial la existencia de un auto del Juzgado de lo Penal que conmina al Ayuntamiento a la "demolición total de la obra".

Cabe detallar que el derribo del controvertido edificio concluyó el pasado mes de noviembre, aunque todavía se llevan a cabo algunas obras en el solar. La adjudicación de los trabajos, que ejecutó Joca, fue por algo más de 420.000 euros.

Plasencia, Parejo, Ariz y Gómez han recurrido en apelación la sentencia ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC).