La Comisión de Medio Ambiente de la Unión Europea ha dado su aval legal a la Ley del Suelo, certificando que tanto la norma estrella del Gobierno de Clavijo como la llamada Ley de Islas Verdes (que precedió a la del Suelo en el trámite parlamentario, y sí fue apoyada por el PSOE) cumplen con las directivas europeas. La Unión Europea rechaza las peticiones contra ambas leyes, actualmente en vigor, presentadas por la plataforma Canarias por un Desarrollo Sostenible, una asociación surgida durante el debate parlamentario de la ley e integrada por Nueva Canarias, Podemos y el PSOE, además de otras instancias sociales y ciudadanas. La decisión de la Unión Europea viene a sumarse al varapalo del Constitucional en el caso -ya sentenciado- de la Ley de Islas Verdes, que el grupo de Podemos en la Cámara canaria intentó suspender ante el alto tribunal, sin éxito, el pasado mes de mayo.

Al margen de la idea que cada cual pueda tener sobre el modelo de uso del territorio que sostienen la Ley del Suelo y la de Islas Verdes, deberíamos reflexionar sobre el recurso cada vez más recurrente de instancias judiciales o comunitarias para intentar obtener resultados políticos diferentes a los que se producen como consecuencia de las mayorías parlamentarias. En el fondo, el abuso sistemático de la judicialización o revisión de las leyes aprobadas en los Parlamentos y las Cortes forma parte de una tendencia de rechazo de las instituciones parlamentarias surgida en el "totum revolutum" de los últimos años de crisis económica y de confianza. La democracia española es extraordinariamente garantista, hasta el extremo de que las decisiones legislativas se cuestionan casi de forma sistemática ante el Constitucional y las instancias comunitarias. Es una técnica que hasta hace algunos años era utilizada solo extraordinariamente, pero que se ha generalizado. Casi siempre, Podemos suele estar detrás del rechazo a cuestionar la legalidad que emana de los parlamentos. Se busca con ello deteriorar aún más las instituciones, y lastrar con la sospecha de una posible invalidación los mecanismos democráticos tradicionales, incorporando terceras y cuartas lecturas al proceso legislativo, cuando este ya es operativo y plenamente legal.

En general, estas decisiones no suelen servir para nada, excepto para complicar y confundir, y para que las instituciones y tribunales pierdan mucho tiempo en contestar obviedades. Habría, pues, que establecer mecanismos disuasorios para que las denuncias preventivas de leyes aprobadas legalmente no se convirtieran en una norma. Recurrir las leyes por sistema no es en absoluto razonable. Sobre todo, cuando el recurso no cuestiona derechos fundamentales. Recurrir ante el Constitucional o ante Europa una ley solo porque nosotros la habríamos hecho de otra forma demuestra muy poca capacidad para entender cómo funciona el sistema democrático.