La Audiencia Nacional rechazó indemnizar con 64.500 euros a un ciudadano residente en Tenerife que carece de medios económicos por haber permanecido 414 días en prisión preventiva y ser luego declarado inocente de los delitos de agresión sexual, detención ilegal y lesiones de los que estaba acusado.

El hombre recurrió el resultado de la reclamación presentada ante la Secretaría de Estado de Justicia a través de la cual pedía ser compensado por permanecer de forma "injustificada" privado de libertad desde el 16 de octubre de 2013 hasta el 4 de diciembre de 2014. El Estado, primero, y la Audiencia Nacional ahora, justifica su negativa a pagar la indemnización a que a lo largo del proceso judicial no tanto fue ratificada su inocencia, sino que no se pudo demostrar su culpabilidad.

En el juicio celebrado en 2016 quedó acreditado que ningún testigo fue capaz de certificar que observó cómo se cometían los delitos por los que fue imputado. La Audiencia Provincial concluyó que existía una duda razonable sobre su culpabilidad y se decantó por la absolución. El fallo de la Audiencia Nacional recuerda que solo tienen derecho a ser indemnizadas aquellas personas que sean objeto de un error judicial o sufran las consecuencias del funcionamiento anormal de la Administración de Justicia. Los hechos tuvieron lugar entre la tarde del 9 de septiembre de 2013 y la mañana del día siguiente cuando el ahora reclamante vivía junto con otros dos indigentes en una antigua sala de fiestas denominada Pirate Attack, en Costa Adeje. Los tres fueron acusados de atacar a otro hombre sin recursos golpeándolo con las manos y pies de forma reiterada para luego agredirlo sexualmente con una cuchara y un tenedor. A continuación lo encerraron en unas dependencias del local, amenazaron con matarlo y lo llevaron a excavar un hoyo para enterrarlo. Fueron detenidos cuando intentaban robar varias botellas de vino en un supermercado. La víctima fue llevada al hospital, donde le detectaron diversas lesiones, mientras que los otros acusados quedaron detenidos y entraron en prisión preventiva. La Sala determinó que el relato del presunto agredido no reunía los suficientes requisitos de verosimilitud y no estaba apoyado por datos objetivos. Queda en el aire la posibilidad de que el testimonio tuviese su origen en fines de venganza o de cualquier otro tipo espurio hacia los procesados.