Casi 150 familias -en concreto, 149- acogen a menores declarados en desamparo. El Gobierno de Canarias ha puesto especial empeño los últimos dos años en impulsar el acogimiento familiar, una medida excepcional para garantizar a los niños que no pueden recibir atenciones y cuidado de su entorno biológico -especialmente los que no han cumplido aún los seis años- la crianza en un hogar. "Es un derecho, una oportunidad y una responsabilidad lograr que cada vez más niños crezcan en una familia", reivindica la directora general de Protección a la Infancia y la Familia, Carmen Morales.

Para potenciar esta figura, la Consejería que dirige Cristina Valido ha diseñado una guía sobre acogimiento en la que se detallan las distintas modalidades y los requisitos para ser "familia acogente".

El documento, que se puede consultar en la web institucional, dentro del área de Infancia, pretende ayudar a solventar las dudas de los interesados en formar parte del banco de familias.

El Gobierno se hace cargo de los menores declarados en desamparo porque sus familias no son capaces de brindarles seguridad y cuidados que precisan. En las islas son en torno a los 2.000. Muchos están en centros o con otros miembros de su familia; otra parte con personas que solidariamente quieren ofrecerles tiempo y dedicación. En acogimiento en familia ajena hay 66 menores en la provincia de Santa Cruz de Tenerife y 83 en la de Las Palmas.

El acogimiento familiar es una medida legal de protección por la que se delega la guarda de un menor a una persona o familia, que asume la obligación de velar por él, cuidarlo, alimentarlo, educarlo y procurarle una formación integral por tiempo determinado.

Las personas que deciden acercarse al acogimiento familiar no deben tener la necesidad de cubrir las mismas expectativas que quienes quieren adoptar. Su decisión tiene un fin solidario: brindar a un menor la oportunidad de permanecer en un ambiente familiar estable hasta que se resuelva su situación. El acogimiento tiene una duración máxima de dos años, salvo excepciones.

La directora general, Carmen Morales, explica que los menores que llegan al acogimiento familiar generalmente han vivido experiencias dolorosas: "La separación de los padres alejará al niño de una situación de desprotección, pero añadirá tensión e inestabilidad emocional por la vinculación que existe con estos". Morales valora la dedicación de quienes forman parte del banco de familias acogentes. "Lo más doloroso es la separación, pero pueden seguir manteniendo el contacto, no es un adiós", subraya.

"No existe un patrón común a los menores en protección, pero las situaciones que han experimentado hacen que presenten ciertos déficits en su salud física y emocional en comparación con los niños que viven en contextos familiares seguros. También pueden mostrar un desarrollo físico inferior al de su edad, derivado de múltiples factores, incluidas alimentación insuficiente y atención sanitaria mínima o nula", concluyó Carmen Morales.

Acogida especializada

El "acogimiento especializado" ofrece a niños con necesidades especiales la oportunidad de convivir con personas preparadas. Además de no existir vínculo previo con el menor, la familia deberá ser valorada como idónea. Para ello, alguno de sus miembros deberá disponer de formación académica y/o cualificación. Es el caso de los menores extranjeros no acompañados. En la actualidad, un niño inmigrante ya se encuentra con una familia.

Regulación

Cuando los progenitores no han podido atender a sus hijos por causas tipificadas como de desamparo, la crianza de los niños ha recaído en sus familiares. Con frecuencia esa responsabilidad se ha delegado, pero sin planificación. La regulación permite que los propios familiares se hagan cargo, con garantías, de los niños. El acogimiento en familia ajena surge como alternativa al residencial. Es decir, cuando los menores carecen de familia extensa o esta no es idónea para acogerlos.