Cualquier evento que se celebre en Santa Cruz de Tenerife que incluya un escenario o actividades con sonido debe contar con un limitador de ruido. Y este, además, no puede ser un limitador “cualquiera”, sino que debe disponer de un “sistema de registro de actividad para controlar los posibles incumplimientos”. Así lo explica el concejal de Medio Ambiente y Sanidad, Carlos Correa, del PP, quien aclara que se trata de una obligación que el Ayuntamiento capitalino estableció desde hace unos tres años, aunque “aún nos encontramos con problemas en cuanto a su instalación”.
“No se trata de que los promotores de los eventos no instalen los limitadores con registro, sino que en la mayoría de las ocasiones, estos no se configuran bien. Antes no se exigía que estos aparatos tuviesen registro, pero ahora sí es obligatorio que se cuente con este sistema, pues este permite a los técnicos municipales saber cuando se ha producido un incumplimiento. Se sabe si el ruido se ha producido en horarios no autorizados o si en algún momento se han superado los decibelios permitidos”, apunta el concejal.
Con respecto a esto, Correa recuerda que, en líneas generales, para los eventos que se repiten cada año en Santa Cruz, “como los Carnavales, Plenilunio, Fiestas de Mayo o fiestas patronales”, se puede llegar hasta los 96 decibelios, “excepto en las zonas consideradas como de mayor conflictividad con los vecinos, como calles estrechas, con gran cantidad de viviendas residenciales o en las que se hayan registrado numerosas denuncias, en las que no se pueden superar los 85 decibelios”. Solo se pueden alcanzar los 105 decibelios en el caso de “grandes conciertos”, como “los que se celebran en la avenida de Anaga”.
Por otra parte, el edil de Medio Ambiente indica que por superar los decibelios autorizados por el Ayuntamiento, las sanciones oscilan entre los 3.000 y los 15.000 euros.