El Tribunal Supremo ha rebajado a dos años y nueve meses de cárcel las condenas que la Audiencia de Las Palmas impuso al exviceconsejero de Justicia Francisco José Rodríguez Batllori y al expresidente del Cabildo de Lanzarote Dimas Martín en el primer juicio del caso Unión.

La Audiencia Provincial había declarado a Martín y a Batllori culpables de dos delitos de malversación de fondos públicos, a los que se sumaba en el caso del exviceconsejero otro más de falsedad.

La sentencia ahora corregida imponía a siete años de cárcel a Batllori y cinco a Martín, al considerar probado que habían malversado en su beneficio fondos pertenecientes al Ayuntamiento de Arrecife y a la empresa pública de aguas Inalsa.

Sin embargo, el Supremo estima que no existe base para mantener la malversación relativa al uso de los fondos de Inalsa, sino que esos hechos constituyen solo una prevaricación administrativa por la que ambos merecen cuatro años y tres meses del inhabilitación.

El Alto Tribunal también absuelve por completo al exviceconsejero de Justicia del Gobierno canario de los cargos de falsedad.

El mismo argumento lo aplica para retirar las condenas de cárcel dictadas por la Audiencia por la supuesta malversación cometida en Inalsa contra la consejera delegada de esa empresa en aquellas fechas, Plácida Guerra; su gerente, Rafael Elorrieta; y la concejal de Hacienda de Arrecife, María Luisa Blanco.

Por esos hechos, la Audiencia Provincial había condenado a cinco años de cárcel a Plácida Guerra y a Rafael Elorrieta, y a cuatro años y medio a María Luisa Blanco.

El Supremo levanta esas tres condenas de cárcel y las sustituye en los tres casos por penas de ocho años y medio de inhabilitación por prevaricación administrativa.