Tres meses después de avanzar sus líneas maestras a los sectores implicados, la Consejería de Turismo del Gobierno de Canarias presentó ayer el borrador del decreto que regulará el alquiler vacacional en el Archipiélago. Como ya se había adelantado, la futura norma mantendrá la prohibición de ejercer la actividad en zonas turísticas, pero dejará en manos de cabildos y ayuntamientos la posibilidad de autorizarla si así lo desean. El texto -que aún puede sufrir cambios durante su tramitación- prevé, además, la obligación para las plataformas comercializadoras de retirar los anuncios de la oferta irregular, lo que, de aplicarse en la actualidad, supondría expulsar de estos canales a prácticamente el 80% de las viviendas turísticas, puesto que solo 6.600 de 31.600 cuentan con autorización.

Una vez entre en vigor -en un plazo de entre cuatro y seis meses, según prevé el Ejecutivo-, el decreto establecerá el "marco general" para el desarrollo del alquiler vacacional y dará seis meses a los titulares de la explotación de las viviendas para que se adapten a él.

Esta regulación atribuye a los canales de oferta turística la responsabilidad de que la información alojada en ellos sea veraz. Estas plataformas -Airbnb o HomeAway, entre ellas- tendrán que hacer constar el número de registro de la vivienda en alquiler. En caso de que la oferta sea irregular, y tras el requerimiento de la Administración, estarán obligadas a retirar el anuncio. "La mayoría accede", señaló el viceconsejero de Turismo, Cristóbal de la Rosa.

El borrador vuelve a limitar el alquiler vacacional al suelo de uso residencial, salvo que el planeamiento municipal lo prohíba de forma expresa. No podrá ejercerse la actividad en zonas turísticas, una prohibición que ha motivado que el anterior decreto fuera anulado por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias. La "importantísima novedad" en esta materia la introduce que el texto asigna a cabildos y ayuntamientos -mediante sus instrumentos de planificación y ordenación- la potestad de autorizar estas viviendas en zonas turísticas, aunque primará siempre el mayor rango de las disposiciones insulares.

Los cabildos estarán facultados para fijar un "estándar máximo" de implantación de la vivienda vacacional. Así, podrán imponer límites cuantitativos a la actividad para evitar un desequilibrio entre el suelo turístico y el residencial, garantizar la suficiencia de infraestructuras y servicios y mitigar los impactos en el territorio. Los consistorios también podrán hacerlo, con "pleno respeto" a los instrumentos insulares.

las claves

Evitar el "crecimiento desordenado". El consejero de Turismo del Gobierno de Canarias, Isaac Castellano, aseguró que el objetivo del nuevo decreto sobre el alquiler vacacional es que "el fenómeno avance por la senda de la sostenibilidad y la calidad" y evitar el "crecimiento desordenado" de la actividad turística por su "alta incidencia en la ordenación territorial".

Una demanda "estable". Con todo, la proporción de turistas que demandan esta modalidad se ha mantenido "estable" en los últimos años -en torno al 10%- y el aumento de la oferta ha crecido en los dos últimos ejercicios a ritmos del 5%.

Un decreto en vigor. El consejero y el viceconsejero de Turismo resaltaron la "plena vigencia" del decreto de 2015, pues el Gobierno ha recurrido las sentencias del TSJC que lo anulan.

El borrador del nuevo decreto que regula el alquiler vacacional distingue entre dos tipos de propietarios: los que explotan una o dos viviendas y los que gestionan tres o más. Estos últimos estarán desarrollando "una actividad profesional", explicó ayer el consejero de Turismo del Gobierno autonómico, Isaac Castellano, durante la presentación del texto.

Su catalogación como profesionales implicará más obligaciones para esos propietarios, entre ellas la de "destinar un número suficiente de personas a la explotación que garanticen los servicios turísticos mínimos", señala el borrador del futuro decreto. La contratación de este personal deberá cumplir las normas laborales, de seguridad social y de prevención de los riesgos en el trabajo, así como "el convenio colectivo que sea de aplicación".

La nueva normativa obligará, asimismo, a satisfacer ciertas condiciones de uso y a ofrecer determinados servicios al cliente: asistencia 24 horas, "al menos telefónicamente"; limpieza de la vivienda a la entrada y salida de los nuevos ocupantes; suministro de ropa de cama, lencería y menaje, y mantenimiento de las instalaciones.