El Tribunal Supremo ha dado su visto bueno a que el alquiler vacacional pueda ejecutarse en zonas turísticas, anulando de esta manera la prohibición que el Gobierno de Canarias había realizado en su Decreto 113/2015, conocido como el decreto del alquiler vacacional.

Este es el segundo "mazazo" que se produce a la regulación legislativa que ha tratado de instaurar el Gobierno insular, pues el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ya se había pronunciado en este sentido anteriormente.

Doris Borrego, presidenta de la Asociación Canaria de Alquiler Vacacional (Ascav) aseguró, en un comunicado, haber esperado "casi 5 años" para que el TS concediera a los canarios "los derechos que el Gobierno de Canarias les arrebató prohibiendo el alquiler vacacional en zonas turísticas". Asimismo, consideró "duros pero contundentes" los argumentos que emplea el órgano judicial para anular dicha prohibición.

Entre otros, la sentencia emitida por el Tribunal Supremo considera "contraria al principio de libertad de empresa", garantizada en el artículo 38 de la Constitución Española y la libre prestación de servicios que consagra la Directiva Europea relativa a Servicios de Mercado Interior de 2006, "la prohibición de ofertar viviendas vacacionales que se encuentren ubicadas en las zonas turísticas delimitadas en el ámbito territorial de Canarias establecida en el artículo 3.2 del Decreto 113/2015".

El Supremo criticó, asimismo, los argumentos que proporcionó la comunidad autónoma para excluir esta oferta de viviendas, porque consideró que no "incardinarse en ninguna de las razones de interés general". Y es que el Gobierno de Canarias había tomado esta decisión entendiendo que las viviendas vacacionales competían con el resto de establecimientos alojativos turísticos hoteleros y extrahoteleros, lo que el Supremo consideró que "obedecía a meras razones de carácter económico".

Los magistrados reconocieron que el Gobierno de Canarias trató después, en la fase procesal, de aportar un nuevo criterio de índole medioambiental y urbanístico en apoyo del decreto: la necesidad de preservar el uso racional de los suelos reservados a desarrollos turísticos, según la planificación del territorio. Sin embargo, el Alto Tribunal entiende que sus razones para alegar tal cosa "resultan insuficientes" y "no son convincentes".

El decreto del Gobierno de Canarias sobre viviendas vacacional ha recibido varias sentencias desfavorables del TSJC, no solo por prohibir esa actividad en zonas turísticas (el asunto que ahora ha llegado al Supremo), sino también por no permitir que sus propietarios las alquilen por habitaciones sueltas.

Pese a ello, el decreto ha seguido estado vigente, porque el Gobierno de Canarias recurrió los fallos ante el Supremo. Esta sentencia supone la primera decisión firme sobre la normativa que regula el alquiler vacacional en las islas.

La Asociación Canaria de Alquiler Vacacional, que agrupa a más de 1.400 propietarios, aseguró que "hoy es un día feliz" para su sector, que genera una actividad de más de 1.500 millones de euros en el Archipiélago. "Se ha ganado una batalla, pero no la guerra, ya que, todavía faltan por abordar todas las restricciones que a nivel urbanístico se pretenden imponer de manera totalmente injustificada y que pretenden seguir vulnerando los derechos de los ciudadanos", añadió.