Investigación judicial

El Supremo libera a Pedro San Ginés de las dos causas que tenía pendientes

Dos fallos en 24 horas archivan las diligencias

El senador acusa a Corujo de «falsa denuncia»

Pedro San Gines, junto a su abogado, David Montes, en la rueda de prensa ofrecida en la sede de CC en Arrecife.

Pedro San Gines, junto a su abogado, David Montes, en la rueda de prensa ofrecida en la sede de CC en Arrecife. / LP/DLP

El senador de Coalición Canaria (CC) Pedro San Ginés ha quedado exonerado de las dos causas que tenía en el Tribunal Supremo. En el plazo de 24 horas el Alto Tribunal ha emitido dos fallos en relación con el dirigente nacionalista lanzaroteño: archiva sin indicios la causa por la supuesta contratación irregular del abogado Ignacio Calatayud en Inalsa y en el Consorcio de Agua de Lanzarote y decide el sobreseimiento de la denuncia por falso testimonio y denuncia falsa por supuestas irregularidades en los centros de arte y turismo, dependientes del Cabildo de la isla de los volcanes. Este último fallo se produce tres días después de que San Ginés declarase de forma voluntaria ante el magistrado del Supremo Vicente Magro, que ha dictaminado el archivo.

El segundo fallo del Supremo se conoció tras una rueda de prensa que ofreció ayer San Ginés en la sede de CC de Lanzarote para valorar la primera sentencia que se hizo pública el jueves. El senador por designación autonómica aseguró que la decisión judicial demuestra que las denuncias interpuestas contra él forman parte de una «persecución por intereses políticos» y dirigió sus críticas a la expresidenta del Cabildo de Lanzarote y actual diputada en el Congreso, Dolores Corujo, a quien acusa de «falsa denuncia» y de «ocultar informes y actas a la asamblea del Consorcio, a los alcaldes y al Juzgado».

Principio de prueba

Uno de los elementos del fallo que destaca San Ginés es que el Supremo considere que en el relato de la denuncia no se aporte ningún «principio de prueba», es decir, que se ha instruido una causa sin hechos ni pruebas sobre las que basarse para imputar un delito. Por ello el expresidente del Cabildo de Lanzarote entiende que los hechos denunciados «carecen de fundamento adecuado».

En relación con el fallo conocido ayer, el magistrado entiende que el hecho de que la investigación judicial por las irregularidades denunciadas concluyese en un auto de archivo, no puede suponer de forma automática una exigencia de responsabilidades penales al denunciante. «Esto ocurre con suma frecuencia en procedimientos penales de investigación a raíz de denuncias formuladas que no tienen por qué ser falsas por la circunstancia de que después de un largo proceso de investigación sean archivadas las diligencias», apunta el instructor del Supremo.

Al quedar liberado de sus causas en el Supremo, el senador lanzaroteño cree que el juez instructor de ambas, Jerónimo Alonso, ha quedado en evidencia. En el primer caso «el Tribunal Supremo evidencia que la instrucción ha estado plagada de abusos judiciales del primer juez instructor, Jerónimo Alonso, hasta que fue apartado por la Audiencia Provincial». Con el segundo fallo desestimatorio, San Ginés añade que el Supremo «enmienda la plana» al instructor ya que, a diferencia del primer caso, en esta denuncia la instrucción ya había terminado y estaba para juicio oral, lo que significa que el Alto Tribunal no solo anula la actuación del instructor sino que también invalida el juicio tras haber finalizado el procedimiento.

Situación procesal

San Ginés admite que tiene una demanda pendiente desde hace varios años y que desconoce en qué situación procesal se encuentra, pero no cree que llegue al Tribunal Supremo como en el caso de las dos causas que han quedado archivadas.

En relación con las supuestas irregularidades en Inalsa, el PSOE acusó ayer al actual presidente del Cabildo, Oswaldo Betancort, de «haber puesto en marcha una estrategia fraudulenta para conseguir que el Tribunal Supremo archivara las actuaciones interpuestas por Inalsa y el Consorcio contra Pedro San Ginés e Ignacio Calatayud».

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