Di adiós a este mito de los trabajadores: así puedes pedir las vacaciones de verano en tu empresa

Esta falsa creencias está muy extendida entre los empleados que creen que no son libres de solicitar sus días de descanso

Los trabajadores pueden elegir sus días de vacaciones sin imposición de la empresa

Los trabajadores pueden elegir sus días de vacaciones sin imposición de la empresa / JORDI V. POU

Estamos a muy pocas semanas de que den inicio las vacaciones de verano, y los trabajadores ya piensan en qué días se pueden coger para descansar. Existe un mito extendido entre todos los empleados sobre que estas jornadas las impone la empresa, sin embargo, nada más lejos de la realidad, y es que el Estatuto de los Trabajadores establece estos requisitos para solicitar tus festivos.

Cada compañía es un mundo, y cada contrato o convenio colectivo puede presentar unos requisitos diferentes para que las personas puedan solicitar las vacaciones correspondientes, ya sea en verano, o en cualquier fecha del año. A pesar de esto, todos documentos deben cumplir las condiciones que establece el Estatuto de los Trabajadores, esa ley tan importante para regular las relaciones entre los empleados y su empresa.

La empresa te puede obligar, pero tú puedes rechazarlo

En España, los trabajadores tienen derecho a 30 días naturales de vacaciones, o lo que es lo mismo, 22 días laborales. Entre muchas personas hay extendido un mito que dice que 15 días son elegibles por el trabajador, y los otros 15 los establece la empresa, pero no es así.

Según se recoge en el artículo 38.2 del Estatuto: "El periodo o periodos de su disfrute se fijará de común acuerdo entre el empresario y el trabajador, de conformidad con lo establecido en su caso en los convenios colectivos sobre planificación anual de las vacaciones".

Artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores

Artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores / BOE

Además, dentro de este mismo apartado también se establece que, "en caso de desacuerdo entre las partes, la jurisdicción social fijará la fecha que para el disfrute corresponda y su decisión será irrecurrible. El procedimiento será sumario y preferente". Esto quiere decir que si no estás de acuerdo, podrás reclamar un cambio.

Los convenios colectivos tienen la última palabra

En casi todos los sectores existe un convenio establecido para regular las condiciones de cada empleado para mejorar las relaciones con su empresa. Estas condiciones cambian en función de la actividad laboral, porque no se puede regular a un médico igual que a un profesor o a un periodista.

Entre esas regulaciones se extienden a las vacaciones, y es que cada texto debe recoger las exigencias de los profesionales, siempre adaptadas al trabajo requerido. En función de esto, ya te pueden obligar a coger un periodo concreto, como por ejemplo a un maestro, que no puede hacer coincidir su descanso con el calendario escolar.